Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 1 de diciembre de 1994, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.500/1990, promovido por «Sociedad Agraria de Transformación (SAT) Vicasol», sobre sanción por infracción en materia de defensa del consumidor; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto pro la Procurador doña Elisa Hurtado Pérez, en nombre y representación de "Sociedad Agraria de Transformación (SAT) Vicasol", contra la Resolución del Director general de Política Alimentaria, de fecha 17 de marzo de 1989 y la Orden del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, por delegación, el Director general de Servicios, de fecha 30 de marzo de 1990, desestimatoria del recurso de alzada, cuyas resoluciones confirmamos, por ser conformes a Derecho; sin especial pronunciamiento sobre costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 30 de enero de 1995.-P. D. (Orden de 30 de julio de 1990), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Política Alimentaria.
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