Vista la petición interesada por la entidad «Drager Hispania, Sociedad Anónima», con domicilio en calle Xaudaró, 5, 28034 Madrid, en solicitud de aprobación de modelo de un instrumento destinado a medir la concentración de alcohol en el aire espirado marca «Drager», modelo MK-III;
De acuerdo con el informe favorable extendido por el Centro Español de Metrología una vez realizados los ensayos corrrespondientes, y con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Real Decreto 89/1987, de 23 de enero; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 27 de julio de 1994, por la que se establece el control metrológico del Estado para los instrumentos destinados a medir la concentración de alcohol en el aire espirado,
Esta Dirección General, en base a las competencias asignadas a la Comunidad Autónoma de Madrid, por la Ley Orgánica 10/1994, de 24 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía, ha resuelto:
Primero.-Conceder aprobación de modelo por un plazo de validez de diez años, a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» a favor de entidad «Drager Hispania, Sociedad Anónima» el modelo del etilómetro marca «Drager», modelo MK-III.
Segundo.-El signo de aprobación de modelo será:
0871
16
94019
Tercero.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución, llevarán las siguientes inscripciones en su placa de características:
Nombre o razón del fabricante: «Drager».
Identificación del modelo: MK-III.
Número de serie:
Temperatura de utilización: 0 a 40 ºC.
Humedad relativa de utilización: 30 a 90 por 100.
Presión atmosférica de utilización: 860 a 1050hPa.
Alimentación: 220V/12V.
Signo de aprobación de modelo.
Cuarto.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución, deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al Certificado de Aprobación de Modelo.
Quinto.-De conformidad con lo establecido en el artículo 2.º del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la presente aprobación de modelo podrá ser prorrogada por períodos sucesivos, previa petición del titular de la misma.
Contra esta Resolución, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, a partir de su recepción, ante el excelentísimo señor Consejero de Economía de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 30 de diciembre de 1994.-El Director general de Industria, Energía y Minas, Luis de Alfonso Molina.
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