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Documento BOE-A-1995-3449

Resolución de 31 de enero de 1995, de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, por la que se convocan becas para realizar estudios en los países referenciados en anexo durante el verano de 1995 y curso académico 1995-1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 1995, páginas 4350 a 4352 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1995-3449

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, de conformidad con la Orden número 16.225, de 13 de junio de 1994, «Boletín Oficial del Estado» de 13 de julio, con los programas de cooperación cultural firmados con otros Gobiernos, con los ofrecimientos efectuados por otros países o con los intercambios de becarios acordados con instituciones extranjeras, convoca concurso para la concesión de becas a ciudadanos españoles, destinadas a realizar estudios o investigaciones en los países referenciados en el anexo a esta Resolución, según las bases indicadas a continuación y los datos complementarios que figuran en el apartado destinado a cada país en el citado anexo.

Bases

Primera. Referencia.-Es imprescindible citar en el impreso de solicitud la referencia que figura en el apartado del anexo correspondiente al país y período solicitado.

Segunda. Estudios.-Realización de cursos, investigación o ampliación de estudios en Universidades o centros de educación superior del país de destino. Si las becas se convocasen para determinados centros o estudios se haría constar en el anexo. Se señala la conveniencia de que los candidatos, antes de presentar la solicitud, se pongan en contacto con el centro de estudios en el extranjero a fin de asegurarse de que, en caso de ser seleccionados, serían aceptados. Las becas no se concederán para ciclos de estudios completos por lo que, en principio, no podrán ser prorrogadas ni renovadas. En el caso de que el acceso al centro elegido estuviese supeditado a un examen de admisión, la beca se concedería a reserva de la superación por el candidato de la prueba correspondiente. Una vez concedida la beca no se podrá variar el centro, programa o duración de la misma.

Tercera. Duración:

a) Becas de curso académico: Salvo que en el anexo se indique lo contrario, nueve meses, desde principios de octubre de 1995 a finales de junio de 1996.

b) Becas de verano: Las del curso elegido, normalmente un mes, entre julio y septiembre. Si en el anexo no figurasen las fechas, éstas se concretarían posteriormente al confirmar la concesión de la beca.

Cuarta. Dotación.-A cargo del país que recibe: La cantidad indicada en el anexo, que podrá ser modificada por las autoridades competentes del país que concede la beca, de conformidad con sus disponibilidades presupuestarias para los años 1995 y 1996. Por parte de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas y con cargo a la aplicación presupuestaria 12.03.134B.491: Una bolsa de viaje por el importe referenciado en el anexo. Una vez confirmada la concesión de la beca, la bolsa de viaje deberá ser solicitada en un plazo máximo de tres meses, a partir de la fecha de su comienzo, acompañando fotocopia del billete y documentación acreditativa de que el beneficiario se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Quinta. Candidatos.-Las condiciones que deberán reunir los aspirantes a estas becas figuran en el apartado correspondiente a cada país en el anexo de esta Resolución.

Sexta. Documentación.-A no ser que en el anexo se indique lo contrario, se presentará en dos expedientes, iguales y separados; uno para este Ministerio, y otro para las autoridades extranjeras, conteniendo cada uno de ellos la siguiente documentación:

Impreso de solicitud.

Fotocopia (compulsada) del documento nacional de identidad.

Cartas de presentación de dos Profesores del centro de estudios del candidato. Se presentarán necesarimente en papel con membrete del centro de trabajo del Profesor (originales en los dos expedientes).

Currículum vitae (ver último párrafo de la base décima).

Certificado de estudios con calificaciones (original o fotocopia compulsada).

Certificado del idioma exigido en el apartado «candidatos» del anexo (original o fotocopia compulsada).

Programa de investigación o estudios a realizar en el país de destino y si es posible carta de aceptación del centro elegido o del Profesor que se encargaría de la supervisión de los estudios. Si éstos se fuesen a llevar a cabo en un idioma distinto al del país solicitado, acreditación del centro de estudios confirmándolo. El programa de estudios o investigación no será necesario en las becas de verano para perfeccionamiento lingüístico.

Declaración de que todos los méritos alegados en el currículum vitae son verdaderos y compromiso de presentar aquella documentación justificativa del mismo que, no figurando en esta base sexta, pudiese serle solicitada.

Traducción, puede ser no oficial, de todos los documentos anteriormente referenciados, excepto del impreso de solicitud, al idioma de contacto indicado en el anexo.

Los documentos expedidos por Universidades extranjeras se acompañarán en el epediente para este Ministerio de su traducción al español. Las de certificados de estudios serán oficiales (por traductor jurado). Deberán figurar, necesariamente, las equivalencias de las calificaciones en relación con el sistema educativo español.

Los expedientes cuya documentación no se ajuste a lo anteriormente indicado no serán tomados en consideración. No se devolverá la documentación.

Séptima. Presentación de solicitudes.-En el Registro General del Ministerio de Asuntos Exteriores, calle del Salvador, 1, 28071 Madrid, según fecha indicada en el anexo. Transcurridos diez días hábiles a partir de esta fecha, se expondrá en el tablón de anuncios de esta Dirección General la lista de candidatos.

Octava. Solicitud de impresos e información.-Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, Servicio de Intercambios y Becas, calle José Abascal, 41, 28003 Madrid, teléfono 441 90 44, extensiones 104 ó 157.

Novena. Selección.-Los expedientes de los candidatos serán evaluados por dos comisiones nombradas al efecto, una por la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas de este Ministerio y otra por la Embajada del país correspondiente (cuando la evaluación sea efectuada únicamente por la comisión nombrada por esta Dirección General, se indicará en el anexo).

Posteriormente, si fuese el caso, ambas mantendrán una reunión en la que preseleccionarán los candidatos que serán propuestos al Gobierno extranjero, a quien corresponde la decisión final y adjudicación definitiva de las becas. Se dará prioridad a aquellos candidatos que no se hayan beneficiado de esta misma beca en las tres convocatorias anteriores.

Décima. Baremo.-La Comisión de la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas aplicará el siguiente baremo:

A / B

C. laude o premio extraordinario / 4 / 2

Matrícula de honor / 3 / 1,5

Sobresaliente / 2 / 1

Notable / 1 / 0,5

Título de Doctor / 2 / 1

Título de Licenciado con grado / 1 / 0,5

La columna A corresponde a los estudios superiores realizados por el candidato como primera licenciatura. La columna B a otros estudios superiores complementarios.

Cursos e investigaciones relacionados con el campo de especialización del solicitante. Puntuación máxima: 5.

Experiencia laboral en trabajos relacionados con su campo de especialización. Un punto por año. Puntuación máxima: 5.

Experiencia laboral en trabajos relacionados con su campo de especialización. Un punto por año. Puntuación máxima: 5.

Publicaciones. Puntuación máxima: 5.

Proyecto de investigación o estudios a realizar durante el período de la beca o, en becas de verano, interés del curso a realizar para la actividad futura del candidato. Puntuación máxima: 10.

Idiomas extranjeros no exigidos en la convocatoria. Puntuación máxima: 3.

Otros méritos (cartas de presentación, participación continuada en actividades universitarias relacionadas con el campo de estudios, etc.). Puntuación máxima: 5.

La puntuación obtenida será orientativa, no decisoria, pues se considerará en función de las áreas de estudio de los candidatos, viabilidad e interés de proyectos y, en general, de todos aquellos factores que, a juicio de la Comisión, deban ser tomados en cuenta al efectuar la preselección.

Si fuese el caso, la Comisión de la Embajada, a la que se hace referencia en la base novena, valorará los expedientes según sus propios criterios, que pueden no coincidir con el baremo anteriormente citado.

Los cursos e investigaciones, la experiencia laboral y las publicaciones deberán figurar detalladamente en el currículum vitae. La documentación justificativa podrá ser solicitada posteriormente.

Undécima. Lista de candidatos preseleccionados.-La relación de candidatos preseleccionados y propuestos al Gobierno extranjero se hará pública en este mismo medio. La concesión definitiva será posteriormente comunicada directamente a los interesados por este Ministerio y, en su caso, por las autoridades competentes del otro país. La preselección del candidato para una de estas becas, puede excluirlo de otras convocatorias efectuadas por esta Dirección General para el verano de 1995 y curso académico 1995-1996 a las que haya concursado.

Duodécima. Incompatibilidades.-Durante su período de vigencia, estas becas son incompatibles con otras becas o ayudas que puedan ser concedidas por organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros.

Decimotercera. Norma supletoria.-Para todos aquellos extremos no previstos en la presente Resolución se aplicará, con carácter supletorio, lo previsto en la Orden número 16.225, de 13 de junio de 1994, anteriormente citada.

Madrid, 31 de enero de 1995.-El Director general de Relaciones Culturales y Científicas, Delfín Colomé Pujol.

ANEXO

República Federal de Alemania

Becas del Ministerio Bávaro de Educación. Curso académico 1995-1996

Referencia número 49/1995.

Becas convocadas: Tres becas de diez meses de duración, desde principios de octubre de 1995 a finales de julio de 1996, para ampliación de estudios en Universidades bávaras.

Dotación: A cargo del Gobierno bávaro: 850 DM mensuales y posible exención de gastos de matrícula y exámenes en programas normales. A cargo de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas: Bolsa de viaje de 60.000 pesetas.

Candidatos: Titulados superiores o, excepcionalmente, estudiantes de último año de carrera con dominio del alemán (nivel M-III).

Idioma de contacto: Alemán.

Selección: Una Comisión nombrada por el Director general de Relaciones Culturales y Científicas.

Fecha límite de presentación de candidaturas: 15 de marzo de 1995.

Francia

Verano de 1995

Referencia número 50/1995.

Estudios:

a) Perfeccionamiento lingüístico.

b) Perfeccionamiento pedagógico.

En el impreso de solicitud deberá indicarse la modalidad solicitada a continuación del número de referencia.

Los cursos tendrán lugar en centros especializados, a determinar por el Gobierno francés, durante el mes de julio de 1995. Al finalizar el curso, los becarios habrán de enviar un informe al Servicio Cultural de la Embajada de Francia (BCLE), calle Marqués de la Ensenada, 10, 28004 Madrid, y copia del mismo a la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas.

Becas convocadas:

a) Ocho becas para perfeccionamiento lingüístico.

b) Veintidós becas para perfeccionamiento pedagógico.

Dotación: A cargo del Gobierno francés: Matrícula gratuita, alojamiento y manutención. A cargo de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas: Bolsa de viaje de 60.000 pesetas.

Candidatos:

a) Para las becas de perfeccionamiento lingüístico. Estudiantes de últimos cursos (4.º y 5.º) de los departamentos de francés de las Universidades y alumnos de la Escuela Diplomática que deseen perfeccionar sus conocimientos de lengua francesa.

b) Para las becas de perfeccionamiento pedagógico. Profesores españoles que enseñen el francés a estudiantes de traducción (francés/español), o a estudiantes no especialistas de francés (francés aplicado al derecho, economía, medicina, etc.), en centros universitarios; Profesores españoles de francés que desempeñen funciones de asesores de idiomas en centros de Profesores; Profesores españoles de didáctica del francés como lengua extranjera en Escuelas Universitarias de formación del profesorado y Profesores españoles de francés, titulares, que enseñen en centros públicos de Enseñanza Primaria o EGB, Enseñanza Secundaria (ESO), Bachillerato (BUP o COU), Enseñanzas Profesionales (Módulos II y III) o Escuelas Oficiales de Idiomas.

No podrán beneficiarse de estas becas quienes ya las hayan obtenido en los últimos cinco años.

Documentación: La referenciada en la base sexta de la presente convocatoria, teniendo en cuenta las siguientes observaciones:

a) En las candidaturas para perfeccionamiento lingüístico, el certificado de idiomas será un certificado de nivel de lengua francesa, expedido por un instituto francés, una alianza francesa, servicio de cooperación lingüística y educativa del Servicio Cultural de la Embajada de Francia, una Escuela Oficial de Idiomas o un departamento de francés de una Universidad.

b) En las candidaturas para perfeccionamiento pedagógico, las cartas de presentación de Profesores serán sustituidas por una carta de presentación del organismo oficial del que dependa el candidato. No es necesario presentar certificado de nivel de lengua francesa. Además del certificado de estudios, se presentarán fotocopias de títulos y/o diplomas.

Idioma de contacto: Español o francés.

Fecha límite de presentación de candidaturas: 17 de marzo de 1995. Los candidatos enviarán un expediente directamente, o lo entregarán en mano en días laborables, de nueve a trece horas, al Servicio Cultural de la Embajada de Francia (BCLE), calle Marqués de la Ensenada, 10, 28004 Madrid, y otro al Registro General del Ministerio de Asuntos Exteriores, calle del Salvador, 1, 28071 Madrid.

Islandia

Curso académico 1995-1996

Referencia número 51/1995.

Becas convocadas: Una beca de ocho meses de duración, a partir del 1 de septiembre de 1995, para ampliación de estudios o investigación en la Universidad de Islandia, en Reykjavik, en temas relacionados con lengua, historia o literatura islandesas. Esta convocatoria está condicionada a la confirmación por parte del Gobierno islandés.

Dotación: A cargo del Gobierno islandés: 50.000 coronas islandesas mensuales a cargo de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas: Bolsa de viaje de 100.000 pesetas.

Candidatos: Titulados superiores o estudiantes de último curso de carrera, menores de treinta y cinco años, con dominio de islandés o inglés. El becario será sometido a un examen de ingreso en la Universidad de Islandia en los primeros días de septiembre de 1995.

Idioma de contacto: Islandés o inglés.

Selección: Una Comisión nombrada por el Director general de Relaciones Culturales y Científicas.

Fecha límite de presentación de candidaturas: 31 de marzo de 1995.

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