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Documento BOE-A-1995-3443

Resolución de 20 de enero de 1995, de la Universidad de Salamanca, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de esta Universidad, en aplicación del artículo 15 y la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 1995, páginas 4345 a 4348 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1995-3443

TEXTO ORIGINAL

En cumplimento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 678/1988, de 1 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 5), y con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 3), de Medidas Urgentes para la Reforma de la Función Pública, adicionada por la Ley 23/1988, de 28 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 29), en uso de la autorización contenida en el artículo 37.1 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 28), de Presupuestos Generales del Estado para 1991, y de conformidad con el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de abril), sobre la aplicación del artículo 15 y la disposición transitoria decimoquinta de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública y de los preceptos concordantes de las Leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado,

Este rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.º e) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Salamanca, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 22 plazas de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Salamanca, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 31/1990, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, por el sistema de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

1.1.1 Las plazas convocadas y no cubiertas no podrán ser acumuladas a ningún otro turno de acceso.

1.2 Las presentes pruebas selectivas se regirán por las bases de esta convocatoria y, en cuanto les sea de aplicación, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988 de 28 de julio; el artículo 37 de la Ley 31/1990; el Real Decreto 2223/1984, de 19 de diciembre; los Estatutos de la Universidad y, con carácter supletorio, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991, hecho público por Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas.

1.3 La selección se efectuará por el sistema de oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 El personal que supere las pruebas selectivas quedará destinado en el puesto de trabajo de personal funcionario en el que la plaza de laboral se haya reconvertido, con el nivel y retribuciones que refleje la Relación de Puestos de Trabajo de Personal Funcionario, correspondientes al personal procedente del presente procedimiento de integración. En todo caso, las retribuciones que perciba el funcionario en el puesto de ingreso no podrán ser inferiores a las consolidadas por el contratado laboral en el puesto que como tal venía desespeñando, garantía retributiva que desaparecerá en caso de cambio de destino por parte del funcionario.

1.6 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir de la primera quincena del mes de abril de 1995. La fecha, hora y lugar del mismo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en la Resolución del Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años el día en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado, o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

f) Encontrarse a la entrada en vigor de la Ley 23/1988, de 28 de julio, prestando servicios como personal laboral de plantilla con contrato indefinido y ocupar, en la fecha de publicación de la presente convocatoria, un puesto de trabajo clasificado como reservado a funcionario del grupo D en la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Funcionario de la Universidad de Salamanca, correspondiente a las categorías del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Universidades Públicas de competencia de la Administración del Estado de Oficial de Administración y Auxiliar de Administración, ambas a extinguir.

2.2 Asimismo, podrán participar en estas pruebas las personas que, en la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se encuentren en situación de excedencia y reúnan todos los demás requisitos exigidos para ser admitidos a la realización de las presentes pruebas.

2.3 Los requisitos generales enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que les será facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Salamanca.

A la instancia se acompañará fotocopia del documento nacional de identidad y certificación, expedida por la Sección de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Salamanca, que acredite que el puesto del que es titular el interesado ha sido clasificado como reservado a personal funcionario y adscrito a la Escala correspondiente a esta convocatoria y en la que, asimismo, se haga constar que a la entrada en vigor de la Ley 23/1988, de 28 de julio, el interesado se encontraba prestando servicios en la Universidad de Salamanca con contrato indefinido.

3.2 La presentación de solicitudes podrá hacerse en el Registro General de la Universidad de Salamanca, Patio de Escuelas, sin número, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de Salamanca.

En el recuadro A) de la instancia se hará constar el sistema de tratamiento de textos elegido para la realización del segundo ejercicio establecido en la base 1.1 del anexo I de esta convocatoria.

3.3 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.4 Los derechos de examen serán de 1.500 pesetas, y se ingresarán en la cuenta de ingresos de derechos de examen de la Universidad de Salamanca, cuenta número 3110-142-000103-2 de la Caja de Ahorros de Salamanca y Soria, oficina urbana número 20, calle de la Rúa, números 35-37, de Salamanca. Se adjuntará a la solicitud de participación el comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.

4. Admisión de candidatos

4.1 Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen, el Rectorado de la Universidad de Salamanca dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se publicará la lista de excluidos en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos, número de documento nacional de identidad, así como la causa de no admisión. En la citada Resolución deberá recogerse, asimismo, el lugar y la fecha de celebración de los ejercicios.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido por los miembros que se especifican en el anexo III.

5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse inclusos en las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial del Estado» Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de la actuación del Tribunal se ajustará, en todo momento, a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Salamanca.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización del ejercicio que el resto de los demás participantes. A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22) o cualesquiera otras equivalentes.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Salamanca, Patio de Escuelas, sin número, edificio del Rectorado, teléfono 29 44 00.

El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría cuarta de las recogidas en el Real Decreto236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 19).

5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «N», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 8 de febrero de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 12), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el 3 de febrero de 1993.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal y por cualquier otro medio, si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.

6.5 Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de requisitos necesarios para participar en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Salamanca, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos otros que estimen oportunos, la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará una copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad de Salamanca, especificando igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de aprobados a que se refiere la base anterior, los opositores aprobados deberán presentar en la Sección de Personal de Administración y Servicios de la Universidad los documentos que acrediten los requisitos generales de acceso a la condición de funcionario que no obren en el expediente del procedimiento selectivo.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentarán la documentación requerida o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3 Por la autoridad convocante y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento como funcionarios de carrera, mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado, que será coincidente con el puesto de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo de Personal Funcionario en que su puesto laboral se haya reconvertido.

8.4 El destino adjudicado tendrá la consideración de destino definitivo y los funcionarios no podrán participar en concursos para la provisión de puestos de trabajo del mismo nivel en el plazo de un año desde su nombramiento, salvo que la reglamentación específica de la Universidad de Salamanca lo autorice.

8.5 Los puestos de trabajo del personal laboral que cumplan los requisitos de admisión en el presente procedimiento y cuyos titulares no participen en el mismo o no lo superen, tendrán la consideración de puestos de trabajo a extinguir, de acuerdo con las previsiones de la Relación de Personal Laboral.

8.6 Las plazas de personal laboral que queden vacantes como consecuencia de la integración como personal funcionario, a través del presente procedimiento, quedarán automáticamente amortizadas.

9. Norma final

9.1 La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las Resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en dicha Ley de Procedimiento Administrativo.

Salamanca, 20 de enero de 1995.-El Rector, Ignacio Berdugo Gómez de la Torre. ANEXO I

Ejercicios, valoración y calificación

1. La oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo eliminatorios cada uno de ellos.

1.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, basado en el contenido del programa de estas pruebas, que figura en el anexo II de esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de cuarenta y cinco minutos.

1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba formada por supuestos de carácter práctico, dirigida a apreciar la capacidad de los aspirantes para la composición, modificación y corrección de documentos escritos, mediante la utilización de sistemas de tratamiento de textos.

Los sistemas que utilizarán los aspirantes, y que proporcionará la Universidad, serán:

Ordenador personal «IBM» o compatible con tratamiento de textos «Wordperfect» (versión 5.1).

Ordenador «Macintosh», con tratamiento de textos «Write now» (versión 2.0).

El Tribunal fijará el tiempo para la realización de esta prueba, siendo el máximo de treinta minutos.

2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

2.1 Primer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener, como mínimo, cinco puntos.

2.2 Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener, como mínimo, cinco puntos.

3. La calificación vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambos ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio.

ANEXO II

Programa

Tema 1. El Ministerio de Educación y Ciencia. Secretaría de Estado de Universidades e Investigación. El Consejo de Universidades.

Tema 2. El procedimiento administrativo: Idea general de la iniciación, instrucción y terminación. Los recursos administrativos: Concepto y clases.

Tema 3. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. El funcionario público: Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades. Régimen de la Seguridad Social.

Tema 4. La Universidad de Salamanca. Organos de gobierno colegiados y unipersonales. El Consejo Social, la Junta de Gobierno y el Claustro universitario.

Tema 5. La Universidad de Salamanca. Clases y régimen jurídico del profesorado. El personal de Administración y Servicios.

Tema 6. La Universidad de Salamanca. Presupuesto: Financiación y control.

Tema 7. El alumnado universitario. Planes de estudio: Acceso, permanencia y convalidación.

ANEXO III

Tribunal calificador

El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido por los siguientes miembros:

Titulares:

Presidente: Don Antonio Alonso Sánchez, Gerente de la Universidad de Salamanca.

Vocales: Doña Carmen Pol Méndez, Vicerrectora de Economía de la Universidad de Salamanca, en representación de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación; doña María Teresa Alonso Cordero, Jefa de Sección de Personal de Administración y Servicios, en representación de la Dirección General de la Función Pública, y don Pedro Manuel García Calvo, de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Salamanca, en representación del Comité de Representantes del personal funcionario.

Secretaria: Doña María Teresa López Quintanilla, de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Salamanca, que actuará como Secretaria.

Suplentes:

Presidente: Don Antonio Carreras Panchón, Vicerrector de Docencia y Profesorado de la Universidad de Salamanca.

Vocales: Don Miguel Verdugo Alonso, Vicerrector de Tercer Ciclo de la Universidad de Salamanca, en representación de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación; don Gerardo Arévalo Vicente, Jefe del Servicio de Asuntos Económicos, en representación de la Dirección General de la Función Pública, y don Antonio Manzano Laso, de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Salamanca, en representación del Comité de Representantes del personal funcionario.

Secretaria: Doña María Rosario Bullón Corral, de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Salamanca, que actuará como Secretaria.

ANEXO IV

Declaración jurada

Don , con domicilio en , y documento nacional de identidad número , declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo o Escala que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En a de de 1995.

Don

Cargo

Certifico: Que según los antecedentes obrantes en este Servicio, relativos al opositor abajo indicado, se justifican los siguientes extremos:

Datos del opositor:

Apellidos y nombre

Puesto de trabajo que desempeña

Documento nacional de identidad número

Número de Registro de Personal

Lugar y fecha de nacimiento

1. Destino actual

2. Total de servicios reconocidos en la Universidad de Salamanca:

años meses días.

Y para que así conste, expido la presente certificación en Salamanca, a

(Localidad, fecha, firma y sello.)

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