Al amparo de lo previsto en la disposición transitoria segunda a) de la Ley 12/1994, de 26 de mayo, por la que se crea la Universidad de Burgos, la Comisión Gestora de esta Universidad, en su sesión del día 23 de septiembre de 1994, entre otros, adoptó el siguiente acuerdo:
Aprobar las Escalas propias del personal de Administración y Servicios de la Universidad de Burgos que a continuación se indican:
Grupo A (para su ingreso se exigirá título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero):
Escala Superior de Técnicos de Administración.
Escala de Técnicos Facultativos de Bibliotecas y Archivos.
Escala de Técnicos de Sistemas y Tecnologías de la Información.
Grupo B (para su ingreso se exigirá el título de Diplomado universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o equivalente):
Escala de Gestión.
Escala de Ayudantes de Biblioteca.
Escala de Programadores Informáticos.
Grupo C (para su ingreso se exigirá título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente):
Escala Administrativa.
Escala de Operadores Informáticos.
Grupo D (para su ingreso se exigirá título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente):
Escala auxiliar.
Burgos, 10 de enero de 1995.-El Rector, Presidente de la Comisión Gestora, Marcos Sacristán Represa.
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