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Documento BOE-A-1995-27962

Resolución de 24 de noviembre de 1995, del Departamento de Cultura, por la que se archiva el expediente de declaración de bien cultural de interés nacional de un sector del centro histórico de Linyola.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 29 de diciembre de 1995, páginas 37511 a 37511 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1995-27962

TEXTO ORIGINAL

El 24 de enero de 1985 se incoó expediente para la declaración de bien de interés cultural, en la categoría de conjunto histórico-artístico, de un sector del centro histórico de Linyola (Pla d'Urgell) y se definió su entorno de protección.

Vista la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, que en su disposición transitoria primera prevé que la tramitación de los expedientes sobre declaración de bienes de interés cultural, iniciados antes de la entrada en vigor de la Ley, se deben continuar según el nuevo régimen jurídico;

Visto que el artículo 7 de la Ley 9/1993, del Patrimonio Cultural Catalán, reserva para la categoría de protección de bien cultural de interés nacional, aquellos bienes, tanto muebles como inmuebles, más relevantes del patrimonio cultural catalán y, en consecuencia, aquellos bienes que gocen de unos valores superiores;

Considerando el informe de la Dirección General del Patrimonio Cultural, que dictamina la degeneración del conjunto histórico-artístico, desde su incoación, y la pérdida de los valores culturales, arquitectónicos y urbanísticos que motivaron su incoación como bien cultural de interés nacional,

Resuelvo:

Primero.-Archivar las actuaciones del expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto históricoartístico, a favor de un sector del centro histórico de Linyola (Pla d'Urgell).

Segundo.-Notificar la presente Resolución a los interesados, dar traslado de la misma al Ayuntamiento de Linyola y hacerle saber que se levanta la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas y los efectos de las licencias ya otorgadas.

Barcelona, 24 de noviembre de 1995.-El Consejero, Joan Guitart i Agell.

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