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Documento BOE-A-1995-27927

Resolución de 4 de diciembre de 1995, de la Dirección General de Administración Penitenciaria, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, con sede en Santander, dictada en el recurso contencioso-administrativo número 258/1995, interpuesto por don Rafael Alonso Solana y don José Miguel Pérez Gil.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 29 de diciembre de 1995, páginas 37492 a 37492 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1995-27927

TEXTO ORIGINAL

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, con sede en Santander, el recurso número 258/1995, interpuesto por don Rafael Alonso Solana y don José Miguel Pérez Gil, contra la Resolución del Subsecretario del Departamento de 23 de enero de 1995, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la asignación por parte del Director del centro penitenciario de El Dueso de servicios no correspondientes a su categoría a los funcionarios que ocupan puestos de trabajo de Jefes de Centro y Encargados de Departamento Interior, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, con sede en Santander, ha dictado sentencia de 9 de octubre de 1995, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo promovido por don Rafael Alonso Solana y don José Miguel Pérez Gil, en su propio nombre y representación, contra la Resolución del Subsecretario del Ministerio de Justicia e Interior de fecha 23 de enero de 1995, desestimatoria de los recursos ordinarios interpuestos contra la asignación por parte del Director del centro penitenciario de El Dueso, de servicios no correspondientes a su categoría funcionarial, sin que proceda hacer mención expresa acerca de las costas procesales causadas, al no haber méritos para su imposición.»

En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 4 de diciembre de 1995.-El Director general, Martín Alberto Barciela Rodríguez.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.

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