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Documento BOE-A-1995-27362

Orden de 29 de noviembre de 1995 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el recurso de apelación número 2.455/1989, interpuesto contra sentencia de la Audiencia Nacional, de 25 de septiembre de 1989, dictada en el recurso contencioso-administrativo número 55.723.

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 19 de diciembre de 1995, páginas 36346 a 36347 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1995-27362

TEXTO ORIGINAL

En el recurso de apelación número 2.455/1989, interpuesto por la Administración General del Estado, contra la sentencia de la Audiencia Nacional, de 25 de septiembre de 1989, dictada en el recurso contencioso-administrativo número 55.723, interpuesto contra la desestimación del recurso de reposición que se interpuso contra la Resolución de este Ministerio, de 29 de diciembre de 1989, sobre concesión de prima específica, se ha dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 30 de junio de 1995, sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que, desestimando el actual recurso de apelación mantenido por la Administración General del Estado, representada y defendida por su abogacía, frente a la entidad "Astilleros y Talleres de Celaya, Sociedad Anónima", representada por el Procurador señor de Dorremochea Aramburu, contra la sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, dictada en el recurso número 55.723, con fecha 25 de septiembre de 1989, a que la presente apelación se contrae, confirmamos en todas sus partes la expresada sentencia recurrida; todo ello sin hacer una expresa declaración de condena en costas respecto de las derivadas de ambas instancias. Así por esta sentencia, que deberá insertarse por el Consejo General del Poder Judicial en la publicación oficial de Jurisprudencia de este Tribunal Supremo, definitivamente juzgando lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 19 de mayo de 1995 «Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio), el Subsecretario, Juan Carlos Girbau García.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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