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Documento BOE-A-1995-27272

Resolución de 12 de diciembre de 1995, de la Secretaría General de Justicia, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre el personal laboral fijo de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 11 de agosto de 1995.

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 19 de diciembre de 1995, páginas 36272 a 36272 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1995-27272

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 24 de octubre de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de noviembre), se resolvió, con carácter provisional, el concurso de traslados entre el personal laboral fijo de la Administración de Justicia convocado por Resolución de 11 de agosto de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de septiembre).

Una vez revisadas las alegaciones presentadas, de conformidad con lo previsto en la primera Resolución citada, esta Secretaría General ha resuelto:

Primero.-Elevar a definitiva la relación de destinos adjudicados al personal laboral fijo que consta como anexo de la Resolución de 24 de octubre de 1995.

Segundo.-Modificar el apartado cuarto de la citada Resolución de 24 de octubre de 1995, incluyendo entre los solicitantes excluidos a:

Doña Rosa María Peláez Hernández en el apartado c), por no llevar un año en su actual puesto de trabajo desde su incorporación efectiva al mismo (base primera y artículo 15.5 del Convenio Colectivo).

Don Francisco Terrones Jiménez por presentar instancia fuera de plazo.

Tercero.-El personal al que se le ha adjudicado plaza deberá cesar en su destino actual en el plazo de cinco días naturales siguientes a la publicación de esta Resolución e incorporarse a su nuevo destino en el plazo máximo de veinte días naturales, si cambia de localidad, o de ocho días naturales en caso contrario, computándose este período como de trabajo efectivo. El plazo de incorporación contará a partir del cese efectivo en su destino anterior.

Los adjudicatarios vendrán obligados a permanecer en el puesto de trabajo que les hubiera correspondido durante un año, contado desde la incorporación efectiva al mismo. No se admitirán renuncias a las plazas adjudicadas, de acuerdo con lo establecido en la norma séptima de la Resolución de 11 de agosto de 1995.

Cuarto.-Como consecuencia de los destinos adjudicados, las plazas no cubiertas se considerarán a los efectos de la próxima oferta de empleo público.

Quinto.-Contra la presente Resolución podrán los interesados interponer reclamación previa a la vía judicial, en la forma y plazo establecidos en el artículo 69 de la Ley de Procedimiento Laboral y artículo 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 12 de diciembre de 1995.-El Secretario general de Justicia, Fernando Escribano Mora.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Planificación y Ordenación de Recursos Humanos.

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