Vista la petición interesada por la entidad «Iglesias Instalaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima», domiciliada en la calle Resina, número 8, de Madrid, en solicitud de modificación no sustancial del aparato Gilbarco, modelo Euroline, destinado a la medida de líquidos distintos del agua, en dos versiones denominadas Eurolínea y Eurodimensión, que a su vez comprenden 416 opciones.
De acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre; así como la Orden de 26 de diciembre de 1988, y la Orden de 28 de diciembre de 1988,
Esta Dirección General, en base a las competencias asignadas a la Comunidad Autónoma de Madrid por la Ley Orgánica 10/1994, de 24 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía, ha resuelto:
Primero.-Autorizar a favor de la entidad «Iglesias Instalaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima», la modificación no sustancial solicitada para el modelo Euroline de la marca «Gilbarco», aprobado por Resolución 23256, de 10 de septiembre de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de octubre).
Segundo.-Esta modificación no sustancial de aprobación de modelo se efectuará con independencia de la resolución de aprobación de este modelo número 23256, pudiendo la entidad solicitante seguir comercializando el sistema de medida, según el modelo aprobado por la citada Resolución, siempre y cuando no hayan sido alteradas las condiciones metrológicas.
Tercero.-Esta modificación no sustancial de aprobación de modelo estará afectada por los mismos plazos de validez que la Resolución de la aprobación de modelos número 23256, de 10 de septiembre de 1992.
Cuarto.-Los instrumentos correspondientes a la modificación no sustancial a que se refiere esta Resolución llevarán además del signo de aprobación de modelo la identificación en su placa de características:
Fabricante: «Gilbarco Ltd.» (Reino Unido).
Marca: «Gilbarco».
Modelo: Euroline.
Versión: Eurolínea o Eurodimensión.
Caudal máximo: 40 u 80 litros/minuto.
Caudal mínimo: 5 litros/minuto.
Presión máxima de funcionamiento: 2,5 bares.
Suministro mínimo: 2 litros.
Clase de líquidos a medir: Gasolina, gasóleo, petróleo.
Margen de temperatura de funcionamiento: - 10 ºC/+ 50 ºC.
Opciones: Con objeto de identificar convenientemente el aparato se establece el siguiente código: V-T-C-P-M1-M2-M3, cuyo significado es:
V = Versión: EU = Eurolínea, ED = Eurodimensión.
T = Tipo: 0 = Dispensador, 1 = Surtidor.
C = Caras: M = Monofronte, B = Bifronte.
P = Número de productos por cara disponibles.
M1 = Número de mangueras disponibles con caudal de 40 litros/minuto.
M2 = Número de mangueras disponibles con caudal de 80 litros/minuto.
M3 = Número de mangueras disponibles tipo turbo.
Contra esta Resolución podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes a partir de su recepción, ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre).
Madrid, 2 de noviembre de 1995.-El Director general, Antonio Prado Martín.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid