En el recurso contencioso-administrativo número 6/1.181/1993, interpuesto por «Refinería Física, Sociedad Anónima» (REFINESA), representada por el Procurador don Roberto Granizo Palomeque, contra resolución de fecha 19 de junio de 1989, que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra acuerdos de la Dirección General de Comercio Exterior de 16 de noviembre de 1988, sobre ejecución de avales por operaciones de importación y exportación, se ha dictado, con fecha 28 de abril de 1995, por la Audiencia Nacional, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 1.181/1993, interpuesto por el Procurador don Roberto Granizo Palomeque, en nombre y representación de "Refinería Física, Sociedad Anónima" (REFINESA), contra la resolución del Ministerio de Economía y Hacienda de 19 de junio de 1989 y, en consecuencia, debemos declarar y declaramos que es conforme con el ordenamiento jurídico. Sin imposición singular de costas.»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 23 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 9 de septiembre de 1993, «Boletín Oficial del Estado» del 13), el Subsecretario, Angel Serrano Martínez-Astiles.
Ilma. Sra. Directora general de Servicios.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid