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Documento BOE-A-1995-25872

Orden de 6 de noviembre de 1995 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, de la Audiencia Nacional, en recurso número 04/107/94, interpuesto por «Argisei, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 29 de noviembre de 1995, páginas 34628 a 34628 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1995-25872

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 04/107/94, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, de la Audiencia Nacional, entre «Argisei, Sociedad Anónima» y la Administración General del Estado, sobre posible incumplimiento de la cuota de pantalla de películas comunitarias, ha recaído sentencia en 12 de abril de 1995, cuyo fallo es el siguiente:

«Fallamos: Estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de la empresa mercantil "Argisei, Sociedad Anónima", contra las resoluciones a que se contraen las presentes actuaciones; que anulamos en lo que se refiere a la cuantía de la multa impuesta, que declaramos no ajustada a Derecho; reduciéndola a la suma de 630.000 pesetas. Asimismo, se rechaza la petición que formula la representación procesal mencionada en orden a que se plantee cuestión de inconstitucionalidad sobre los preceptos que invoca.»

En virtud de lo cual, este Ministerio dispone que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y que se publique dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 6 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 9 de junio de 1994), el Subsecretario, Enrique Linde Paniagua.

Ilmo. Sr. Director general del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

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