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Documento BOE-A-1995-25846

Resolución de 3 de noviembre de 1995, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el recurso contencioso-administrativo número 1.699/1993, interpuesto por don José Luis de Gracia Muñoz.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 29 de noviembre de 1995, páginas 34620 a 34620 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-25846

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado una sentencia el 5 de mayo de 1995 en el recurso contencioso-administrativo número 1.699/1993, interpuesto por don José Luis de Gracia Muñoz contra la resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 13 de abril de 1993, que desestimó su petición de reconocimiento del desempeño de las funciones de Jefe de Selección y Comprobación, nivel 23, desde el 1 de marzo de 1990 hasta el 1 de febrero de 1991 y desde esta fecha hasta el 14 de julio de 1992, las de Jefe de Sección A de Inspección, todo ello a efectos de remuneraciones (complementos específico y de destino) incluida la nómina de julio de 1992 y de consolidación del nivel 24.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Fallamos: Estimamos en parte el recurso contencioso-administrativo número 1.699/1993, promovido por don José Luis de Gracia Muñoz contra la Resolución del Director general de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, denegatoria de la solicitud de reconocimiento del desempeño en la Delegación de Tarragona de las funciones de Jefe de Selección y Comprobación, nivel 23, desde el 1 de marzo de 1990 hasta el 1 de febrero de 1991, y desde esta fecha, por recatalogación de esta plaza, las funciones de Jefe de Sección A de Inspección, de nivel 24, hasta el 14 de julio de 1992, y ello con los efectos de remuneraciones (complemento específico y complemento de destino) incluida la nómina de julio de 1992 y también a efectos de la consolidación del nivel 24, y a la que se contrae la presente litis, y la anulamos, por no ajustarse a derecho, declarando el derecho del recurrente a percibir las remuneraciones interesadas, desestimando el recurso en cuanto a la consolidación de nivel y sin hacer especial condena en costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Madrid, 3 de noviembre de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.

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