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Documento BOE-A-1995-2584

Resolución de 11 de enero de 1995, de la Secretaría General de Justicia, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Justicia e Interior a través del Instituto de Toxicología y la Comunidad de Madrid, a través del Plan Regional sobre drogas dependiente de la Consejería de Integración Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 1 de febrero de 1995, páginas 3211 a 3212 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1995-2584

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito entre el Ministerio de Justicia e Interior, a través del Instituto de Toxicología y la Comunidad de Madrid, a través del Plan Regional sobre Drogas dependiente de la Consejería de Integración Social, un convenio de colaboración sobre el Instituto Anatómico Forense y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto noveno del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, sobre convenios de colaboración entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas, he resuelto proceder la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de enero de 1995.-El Secretario general de Justicia, Fernando Escribano Mora.

CONVENIO DE COLABORACION SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE JUSTICIA E INTERIOR A TRAVES DEL INSTITUTO NACIONAL DE TOXICOLOGIA Y LA COMUNIDAD DE MADRID A TRAVES DEL PLAN REGIONAL SOBRE DROGAS DEPENDIENTE DE LA CONSEJERIA DE INTEGRACION SOCIAL

En Madrid a 25 de mayo de 1994.

REUNIDOS

La excelentísima señora doña María Teresa Fernández de la Vega Sanz, Secretaria de Estado de Justicia, en representación del Ministerio de Justicia e Interior y la excelentísima señora doña Elena Vázquez Menéndez, Consejera de Integración Social de la Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41. a), de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

EXPONEN

I. Que la Administración General del Estado ostenta competencias en materia de Administración de Justicia de acuerdo con el artículo 149.1.5.ª de la Constitución Española, así como sobre las bases y coordinación general de la sanidad, de acuerdo con el artículo 149.1.16.ª del mismo cuerpo legal.

Por su parte, la Comunidad de Madrid tiene atribuida por el artículo 26.18 de su Estatuto la plenitud de la función legislativa en materia de asistencia social. Asimismo, le corresponde la competencia de desarrollo legislativo, incluida la potestad reglamentaria y ejecución, en el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, en materia de sanidad e higiene, conforme al artículo 27.7 de su Estatuto.

II. Que desean establecer líneas de colaboración y apoyo científico-técnico entre el Instituto Nacional de Toxicología y la Consejería de Integración Social (Plan Regional sobre Drogas), para mejorar el conocimiento del mercado ilícito de drogas de abuso de la Comunidad de Madrid, contribuyendo de este modo a la lucha contra dicho tráfico y a las actuaciones preventivas de la drogadicción.

En consecuencia, las partes, en la representación que ostentan, acuerdan inscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes:

CLAUSULAS

Primera.-Es objeto del presente convenio establecer y mantener el marco de relaciones que permita la actuación coordinada entre la Consejería de Integración Social (Plan Regional sobre Drogas) y el Ministerio de Justicia e Interior (Instituto Nacional de Toxicología) para el aprovechamiento con fines estadísticos, preventivos y asistenciales, de los datos obrantes y resultados obtenidos en cada investigación analítica que se realice para la celebración de los juicios rápidos en el ámbito de la Comunidad de Madrid, de las muestras y alijos de drogas aprehendidos.

Segunda.-A efectos de lo dispuesto en la cláusula anterior, mensualmente y cada vez que le sea solicitado, el Instituto Nacional de Toxicología enviará los datos relativos al número, peso y composición de las muestras analizadas, a la Consejería de Integración Social (Plan Regional sobre Drogas) todo ello con las cautelas necesarias en los procesos en curso.

De igual modo el Instituto de Toxicología remitirá anualmente al Plan Regional sobre Drogas, una memoria informe que recogerá los datos y evoluciones habidas durante el año, así como las observaciones y deducciones que de tales datos pueden extraerse.

Tercera.-La Comunidad de Madrid aportará para la ejecución del presente convenio, la cantidad de 3.500.000 pesetas, calculada en base al coste medio de analítica por muestra y a la estimación del número de analíticas que se realizarán durante el año 1994 (1.500 muestras).

Dicha cantidad, imputable a la partida 2284 del Programa 127 del Presupuesto de Gastos de 1994, se ingresará por trimestres en el Tesoro Público, a los fines de generación de crédito por el Ministerio de Justicia e Interior.

A estos efectos, el Coordinador general del Plan Regional sobre Drogas emitirá las correspondientes certificaciones trimestrales de conformidad, de acuerdo con las analíticas realizadas.

Tal aportación económica podrá ser objeto de actualización en las sucesivas prórrogas del convenio que, en su caso, se acuerden.

Cuarta.-Tanto el Instituto Nacional de Toxicología como el Plan Regional sobre Drogas, se mencionarán respectivamente en las publicaciones, comunicaciones científicas y demás actos de difusión sobre los datos a los que se refiere el presente convenio.

Quinta.-El presente convenio entrará en vigor al día siguiente al de su firma, concluyendo su vigencia el 31 de diciembre de 1994.

Podrá prorrogarse por años naturales mediante acuerdo expreso de ambas partes, siempre y cuando exista crédito presupuestario para el ejercicio de que se trate.

Sexta.-Serán causas resolutorias del presente convenio la desaparición de cualquiera de las condiciones normativas, administrativas o técnicas que sirvieron de base para su realización y el incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones del mismo.

Séptima.-El presente convenio podrá ser denunciado por cualquiera de las partes comunicándolo a la otra por escrito, con dos meses de antelación a la fecha del vencimiento de cada período de vigencia.

Octava.-Para la ejecución, seguimiento e interpretación del presente convenio, se constituirá una comisión mixta formada por los siguientes miembros:

Tres representantes del Ministerio de Justicia e Interior designados por la Subsecretaría del departamento.

Tres representantes de la Comunidad Autónoma de Madrid designados por la Consejería de Integración Social.

De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares las autoridades firmantes y obligando con ello a las instituciones a las que representan, suscriben por triplicado el presente convenio en la fecha y lugar indicados. Por el Ministerio de Justicia e Interior, María Teresa Fernández de la Vega. Por la Comunidad de Madrid, Elena Vázquez Menéndez.

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