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Documento BOE-A-1995-24698

Orden 142/1995, de 13 de noviembre, por la que se efectúa la distribución de efectivos del reemplazo de 1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 15 de noviembre de 1995, páginas 32925 a 32925 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1995-24698
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1995/11/13/142

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1716/1995, de 27 de octubre, por el que se determina la cuantía de los efectivos del reemplazo de 1996 dispone, en su artículo segundo, que el Ministro de Defensa efectuará la distribución de dichos efectivos entre el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire.

En su virtud, dispongo:

Primero.-La cuantía de los efectivos a incorporar a las Fuerzas Armadas durante el año 1996 para prestar el servicio militar, establecida en 217.557 por Real Decreto 1716/1995, de 27 de octubre, se distribuirá de la forma siguiente:

a) Servicio para la formación de cuadros de mando:

Ejército de Tierra: 900.

Armada: 150.

Ejército del Aire: 300.

Total: 1.350.

b) Tropa y Marinería:

Ejército de Tierra: 167.181.

Armada: 28.162.

Ejército del Aire: 20.864.

Total: 216.207.

Total a) y b): 217.557

Segundo.-La asignación de efectivos a cada una de las demarcaciones territoriales será la siguiente:

Demarcación territorial / Efectivos

Ejército de Tierra

Región Militar Centro / 42.026

Región Militar Sur (Península) / 19.976

Región Militar Sur (Ceuta) / 9.918

Región Militar Sur (Melilla) / 9.944

Región Militar Levante / 11.133

Región Militar Pirenaica (Oriental) / 22.060

Región Militar Pirenaica (Occidental) / 15.144

Región Militar Noroeste / 17.836

Zona Militar Baleares / 6.185

Zona Militar Canarias / 12.959

Total / 167.181

Armada

Zona Marítima del Cantábrico / 6.656

Zona Marítima del Estrecho / 11.237

Zona Marítima del Estrecho (Ceuta) / 36

Zona Marítima del Estrecho (Melilla) / 30

Zona Marítima del Mediterráneo / 5.234

Zona Marítima del Mediterráneo (Baleares) / 387

Zona Marítima de Canarias / 1.841

Jurisdicción Central / 2.741

Total / 28.162

Ejército del Aire

Primera Región Aérea / 8.439

Segunda Región Aérea / 5.873

Segunda Región Aérea (Melilla) / 8

Tercera Región Aérea / 3.142

Tercera Región Aérea (Baleares) / 1.080

Zona Aérea de Canarias / 2.322

Total / 20.864

Tercero.-La cuantía de los efectivos a incorporar a la Cruz Roja Española para prestar servicio voluntario, establecida en 4.000 por Real Decreto 1716/1995, de 27 de octubre, se distribuirá entre las diferentes Asambleas Provinciales de acuerdo con la propuesta que presente dicha institución.

Cuarto.-La Dirección General del Servicio Militar dictará las instrucciones necesarias para la aplicación de la presente Orden.

Quinto.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de noviembre de 1995.

SUAREZ PERTIERRA

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 13/11/1995
  • Fecha de publicación: 15/11/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 16/11/1995
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 2 del Real Decreto 1716/1995, de 27 de octubre (Ref. BOE-A-1995-23516).
Materias
  • Ejército de Tierra
  • Ejército del Aire
  • Fuerzas Armadas
  • Marina de Guerra
  • Servicio Militar

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