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Documento BOE-A-1995-24349

Resolución de 24 de octubre de 1995, de la Dirección General para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura, por la que se dispone la publicación de la addenda al Convenio entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente para la financiación de un plan de promoción pública de 6.000 viviendas.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 10 de noviembre de 1995, páginas 32673 a 32674 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-24349

TEXTO ORIGINAL

Suscrito previa tramitación reglamentaria, entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, el día 11 de septiembre de 1995, la addenda al Convenio para la financiación de un plan de promoción pública de 6.000 viviendas, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 16), procede la publicación de dicha addenda, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 24 de octubre de 1995.-El Director general, Borja Carreras Moysi.

ADDENDA AL CONVENIO ENTRE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE EXTREMADURA Y EL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y MEDIO AMBIENTE PARA LA FINANCIACION DE UN PLAN DE PROMOCION PUBLICA DE 6.000 VIVIENDAS

En Mérida, a 11 de septiembre de 1995,

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don José Borrell Fontelles, Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, que actúa de acuerdo con la delegación otorgada a su favor en la reunión del Consejo de Ministros, de fecha 21 de julio de 1995.

De otra, el excelentísimo señor don Juan Carlos Rodríguez Ibarra, Presidente de la Junta de Extremadura, en nombre y representación de la Junta de Extremadura.

Ambas partes se reconocen mutuamente en la calidad con que cada una interviene, con capacidad legal necesaria para el otorgamiento de la presente addenda de convenio, y al efecto

EXPONEN

Con fecha 22 de mayo de 1992, el entonces Ministerio de Obras Públicas y Transportes y la Junta de Extremadura, suscribieron un Convenio de colaboración para la financiación de un plan de promoción pública de hasta 6.000 viviendas, a ejecutar en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el fin de atender a la carencia de viviendas existente en la citada Comunidad.

En el citado Convenio, cada una de las instituciones representadas se comprometía a una aportación de 15.000.000.000, valoración efectuada a pesetas de 1992, para la ejecución de 3.000 viviendas.

La complejidad y dispersión de las actuaciones, en su gran mayoría promociones reducidas de viviendas unifamiliares en pequeñas poblaciones, ha supuesto un incremento del valor económico de las obras. El cumplimiento por parte del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, de los compromisos asumidos en el citado Convenio, requiere ampliar la financiación establecida como aportaciones del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente para la ejecución de las viviendas en un importe máximo adicional de 3.059,4 millones de pesetas. Esta inversión adicional posibilitará el cumplimiento del objeto del Convenio, cifrado en un máximo de 3.000 viviendas a financiar por parte del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente.

Como quiera que los Convenios ya suscritos tienen prevista la ejecución de 2.229 viviendas con un coste de 13.741,8 millones de pesetas, y resulta de absoluta prioridad acometer la ejecución de las 771 viviendas restantes hasta las 3.000, la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Extremadura (COPT) ha formulado propuesta para que, con cargo a la cuota de participación del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, se autorice la segregación de promociones para su ejecución directa, en un número máximo de 771 viviendas y con una financiación estatal de 4.317,6 millones de pesetas.

Resulta por tanto necesario ampliar el Convenio inicial de 15.000 millones de pesetas y cuyo remanente es de 1.258,2 millones de pesetas, en 3.059,4 millones de pesetas, a fin de atender la financiación de las viviendas solicitadas por la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Extremadura por importe de 4.317,6 millones de pesetas.

En su virtud, las partes representadas acuerdan introducir, mediante esta addenda, las siguientes modificaciones:

Primera.-El Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente se compromete a dar continuidad a la financiación del plan de promoción pública de 6.000 viviendas, que se ejecuta en la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante la aportación total de 18.059,4 millones de pesetas, como subvención a fondo perdido, para la construcción de un máximo de 3.000 viviendas.

Segunda.-La Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Extremadura, en lo sucesivo COPT, asume en las condiciones y requisitos que se establecen, el compromiso de la ejecución directa de 771 viviendas que se denominarán bloque IV, con financiación estatal del Plan 6.000, para llevarlas a efecto en las localidades que se incluyen como anexo I.

El Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, transferirá, a través de SEPES, el importe de la financiación de estas actuaciones que se cifran en un máximo de 4.317,6 millones de pesetas.

Tercera.-El plazo de vigencia del plan previsto en el Convenio de 22 de mayo de 1992, se amplía en dos años, estando prevista su conclusión en 1998.

Cuarta.-El abono por el Ministerio de Obras Públicas Transportes y Medio Ambiente, de la financiación establecida para las actuaciones cuya ejecución asume la Consejería de Obras Públicas y Transportes, se hará efectiva a través de SEPES, devengándose el 50 por 100 de la primera anualidad a la firma del presente Convenio. Las cantidades restantes se abonarán conforme a las certificaciones de los gastos realmente producidos y previa solicitud de la COPT a SEPES, quien a su vez acreditará al Ministerio de Obras Públicas Transportes y Medio Ambiente que el programa de ejecución de las obras se desarrolla de conformidad con las previsiones establecidas.

Las aportaciones del Ministerio de Obras Públicas Transportes y Medio Ambiente se efectuarán con cargo al Presupuesto de Gastos del Estado, programa 431A, concepto 742, distribuidas en cuatro anualidades, y podrán ser revisadas en función de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio, siendo susceptibles de reajuste entre anualidades.

Quinta.-Como consecuencia del presente Acuerdo, el Ministerio de Obras Públicas Transportes y Medio Ambiente ejecutará, a través de SEPES, las promociones de viviendas convenidas hasta la fecha, cumpliéndose de esta forma los objetivos globales establecidos en el Convenio de 22 de mayo de 1992.

Sexta.-En la financiación establecida para la ejecución de las actuaciones correspondientes al bloque IV, transferido a la COPT, se incluyen los honorarios facultativos de redacción de los proyectos y dirección de obras, tasas y demás gastos derivados de la ejecución de las viviendas.

El importe total citado no podrá ser aumentado por eventuales revisiones de precios, proyectos reformados y modificaciones del proyecto ni por ningún otro motivo.

Séptima.-En todo lo que no se oponga a la presente addenda, será de aplicación las regulaciones de carácter general contenidas en el Convenio suscrito el 22 de mayo de 1992, así como las de carácter administrativo de general aplicación. En prueba de conformidad, se firma la presente addenda de convenio en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.

El Ministro de Obras Públicas Transportes y Medio Ambiente, José Borrell Fontelles.-El Presidente de la Junta de Extremadura, Juan Carlos Rodríguez Ibarra.

ANEXO I

Expediente / Localidad / Número de viviendas

BA 95/010 / Acedera / 5

BA 94/013 / Almendral / 20

BA 94/014 / Almendralejo / 60

BA 94/015 / Balboa / 5

BA 94/016 / Burguillos del Cerro / 10

BA 95/011 / Cabeza del Buey / 12

BA 94/018 / Campanario I / 12

BA 94/040 / Campanario II / 8

BA 94/021 / Don Benito / 42

BA 95/001 / Feria / 10

BA 94/023 / Fuente de Cantos / 15

BA 94/024 / Fuentes de León / 10

BA 95/012 / Guadiana del Caudillo / 10

BA 94/025 / Higuera de la Serena / 10

BA 94/026 / Jerez de los Caballeros / 25

BA 94/019 / La Coronada / 10

BA 94/020 / La Haba / 10

BA 95/007 / La Morera / 10

BA 94/027 / Llera / 10

BA 95/005 / Magacela / 10

BA 95/013 / Montemolín / 10

BA 94/028 / Nogales / 10

BA 94/029 / Olivenza / 30

BA 94/030 / Palomas / 10

BA 95/014 / Pallares / 5

BA 95/002 / Puebla del Maestre / 15

BA 95/003 / Puebla de Sancho Pérez / 6

BA 94/031 / Quintana de la Serena / 20

BA 94/032 / Salvaleón / 15

BA 95/008 / Valdetorres / 15

BA 94/033 / Valencia del Ventoso / 10

BA 94/034 / Valverde de Leganés / 14

BA 94/035 / Villaba de los Barros / 10

BA 94/036 / Villanueva de la Serena / 60

BA 94/039 / Villarreal de Olivenza / 4

BA 94/038 / Zafra / 45

BA 94/037 / Zurbarán / 10

CC 95/004 / Abertura / 8

CC 95/005 / Benquerencia / 5

CC 94/005 / Cañamero / 10

CC 95/003 / Herguijuela / 8

CC 94/008 / Herrera de Alcántara / 3

CC 94/009 / Jaraiz de la Vera / 15

CC 94/021 / La Cumbre / 5

CC 94/010 / Madrigalejo / 12

CC 94/011 / Millanes / 5

CC 94/012 / Montehermoso / 15

CC 94/013 / Navalmoral de la Mata / 40

CC 94/014 / Perales del Puerto / 10

CC 95/001 / Santa Marta de Magasca / 5

CC 94/016 / Segura de Toros / 3

CC 94/017 / Rebollar / 5

CC 94/018 / Rosalejo / 5

CC 94/020 / Valencia de Alcántara / 24

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