La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, el 9 de diciembre de 1994, en el recurso de casación número 2.494/1993, interpuesto por doña María José Perdigón Calvo, don Teodoro Redondo Marinero, don José Luis Francisco Jambrina Diego, doña Olga Menéndez López, don Javier González González, don Francisco Javier Suárez Martínez, don José Manuel Suárez Alvarez, don Eugenio Martín López, doña Sara Cid Cid, doña Mercedes López Gil-Fournier, doña María de los Angeles Prado Fernández, doña Guadalupe Marrón Sierra y doña María Jesús Ferro Alvarez, contra la sentencia dictada con fecha 18 de marzo de 1993 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que desestimó el recurso planteado por los mismos interesados, contra la desestimación de las peticiones que los actores habían formulado en solicitud de que se les reconociera la equiparación de los puestos de trabajo de Subinspectores adscritos B, nivel 20, con los puestos de Subinspectores adscritos A, nivel 22, a efectos de retribuciones complementarias.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Fallamos: Que debemos declarar y declaramos no haber lugar al recurso de casación interpuesto por la representación de doña María José Perdigón Calvo y demás recurrentes mencionados en el encabezamiento de esta Resolución, contra la sentencia de fecha 18 de marzo de 1993, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el recurso número 1.363/1992, seguido por cauce procesal de la Ley 62/1978, cuya sentencia confirmamos, con expresa imposición de las costas a los recurrentes.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Madrid, 13 de octubre de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.
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