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Documento BOE-A-1995-23834

Orden de 6 de octubre de 1995 por la que se autoriza la impartición del primer ciclo de Educación Infantil al centro privado «Pio XIIi» de Palma de Mallorca (Baleares).

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 2 de noviembre de 1995, páginas 31877 a 31877 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-23834

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de don Enrique Fueris Lacambra, como representante de la «Sociedad de Responsabilidad Limitada Colegio Pius XII», solicitando autorización para impartir el primer ciclo de Educación Infantil, en el centro privado denominado «Pío XII», domiciliado en la avenida del Arquitecto Gaspar Bennassar, número 33, de Palma de Mallorca (Baleares),

Este Ministerio, de conformidad con el artículo 7.º del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), ha dispuesto:

Primero.-Conceder la autorización para impartir el primer ciclo de la Educación Infantil al centro privado «Pío XII» y proceder a su inscripción en el Registro de Centros quedando configurado de la siguiente forma:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: «Pío XII».

Persona o entidad titular: «Sociedad de Responsabilidad Limitada Colegio Pius XII». Domicilio: Avenida del Arquitecto Gaspar Bennassar, número 33.

Localidad: Palma de Mallorca.

Municipio: Palma de Mallorca.

Provincia: Baleares.

Enseñanzas autorizadas: Primer y segundo ciclos de Educación Infantil.

Capacidad: Primer ciclo, cuatro unidades:

La capacidad máxima de las unidades del primer ciclo en funcionamiento, en cada momento, no podrá exceder del número de puestos escolares que resulte de la aplicación de las ratios que, en cuanto a superficie mínima requerida por puesto escolar y número máximo de alumnos por unidad, según la edad de los niños escolarizados, se determinan en los artículos 10.b y 13.1 del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias.

Segundo ciclo: Seis unidades con 150 puestos escolares.

Segundo.-Provisionalmente, hasta finalizar el curso 1999/2000, con base en el número 4 del artículo 17 del Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, el centro de Educación Infantil «Pío XII» de Palma de Mallorca (Baleares) podrá funcionar con una capacidad máxima de seis unidades con 204 puestos escolares.

Tercero.-El personal que atienda las unidades autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 26).

La titularidad del centro remitirá a la Dirección Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia de Baleares, la relación del profesorado con indicación de su titulación respectiva.

La mencionada relación deberá ser aprobada expresamente por la Dirección Provincial de Baleares, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, de acuerdo con el artículo 7.º del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril.

Cuarto.-El centro deberá cumplir la Norma Básica de Edificación NBE CPI/1991, de condiciones de protección contra incendios en los edificios, aprobada por el Real Decreto 279/1991, de 1 de marzo.

Quinto.-Queda dicho centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden para el centro.

Sexto.-Contra la presente Orden el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que le comunico para su conocimiento.

Madrid, 6 de octubre de 1995.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

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