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Documento BOE-A-1995-23678

Resolución de 23 de octubre de 1995, de la Secretaría General para los Servicios de Transportes, por la que se prorroga la homologación del Curso de Manipulación de Mercancías Peligrosas para los Componentes de Organizaciones de Puertos, a impartir por la Federación de Asociaciones de Empresas de Tráfico Marítimo y Manipulación Portuaria y el Consejo Español de Usuarios del Transporte Marítimo.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 31 de octubre de 1995, páginas 31764 a 31764 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-23678

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección Técnica de Puertos del Estado la solicitud presentada por la Federación de Asociaciones de Empresas de Tráfico Marítimo y Manipulación Portuaria (FEDETRAMAR), y el Consejo Español de Usuarios del Transporte Marítimo, para la prórroga de homologación del curso de manipulación de mercancías peligrosas para componentes de organizaciones de puertos.

Visto el Real Decreto 145/1989, de 20 de enero, que aprueba el Reglamento de admisión, manipulación y almacenamiento de mercancías peligrosas en los puertos.

Vista la Orden de 30 de mayo de 1990, por la que se establecen las condiciones de los cursos de capacitación para la manipulación de mercancías peligrosas en los puertos de interés general.

Vista la condición primera de la resolución del MOPT, de fecha 20 de junio de 1991 («Boletín Oficial del Estado» número 162, de 8 de julio), por la que se homologa el curso específico de capacitación para los componentes de las organizaciones de los puertos de interés general que deban intervenir en la manipulación y almacenamiento de mercancías peligrosas,

Visto el informe favorable de la Dirección General de la Marina Mercante,

A propuesta de Puertos del Estado, dispongo:

Prorrogar la homologación del curso de manipulación de mercancías peligrosas para los componentes de las organizaciones de puertos, a impartir por la Federación de Asociaciones de Empresas de Tráfico Marítimo y Manipulación Portuaria (FEDETRAMAR), y el Consejo Español de Usuarios del Transporte Marítimo, con arreglo a las condiciones establecidas en la Resolución del MOPT, de 20 de junio de 1991. Esta prórroga de homologación tendrá validez por dos años, a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de octubre de 1995.-El Secretario general, Manuel Panadero López.

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