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Documento BOE-A-1995-2351

Decreto 314/1994, de 29 de diciembre, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de zona arqueológica a favor de la cueva de «Los Siete Altares», en Villaseca (municipio de Sepúlveda), Segovia.

Publicado en:
«BOE» núm. 24, de 28 de enero de 1995, páginas 2871 a 2871 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1995-2351

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por Resolución de 22 de junio de 1994, incoó expediente de declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de zona arqueológica, a favor de la cueva de «Los Siete Altares», en Villaseca (municipio de Sepúlveda), Segovia.

De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto 87/1991, de 22 de abril, de la Junta de Castilla y León, por el que se establece el órgano competente para la resolución de expedientes en materia de Bien de Interés Cultural de competencia de la Comunidad de Castilla y León, el Consejero de Cultura y Turismo ha propuesto declarar Bien de Interés Cultural dicho inmueble con la categoría de zona arqueológica y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, y Decreto 87/1991, de 22 de abril, de la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, visto el informe de la Asesoría jurídica de esta Consejería, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 29 de diciembre de 1994,

D I S P O N G O

Artículo 1. Se declara Bien de Interés Cultural con categoría de zona arqueológica, la cueva de «Los Siete Altares», en Villaseca (municipio de Sepúlveda), Segovia.

Artículo 2. La zona arqueológica está delimitada al este por el arroyo del Barranco, desde su confluencia con el límite norte hasta su encuentro con el río Duratón en el límite entre Sebulcor y Villaseca; este límite municipal define la zona arqueológica por su zona sur hasta alcanzar el puente sobre el Duratón, de la carretera de San Miguel de Neguera hasta Villaseca, siguiendo por esta carretera hacia el norte hasta su confluencia con la línea imaginaria paralela al límite municipal entre Sebulcor y Villaseca, a una distancia de 150 metros hasta alcanzar el arroyo del Barranco, punto donde se inicia la delimitación.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Castilla y León, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la presente notificación.

Valladolid, 29 de diciembre de 1994.-EL Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan José Lucas Jiménez.-El Consejero de Cultura y Turismo, Emilio Zapatero Villalonga.

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