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Documento BOE-A-1995-23324

Acuerdo de 11 de octubre de 1995, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se hace público el Acuerdo de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional de 11 de septiembre de 1995 por el que se establecen con criterios objetivos los turnos precisos para la composición y funcionamiento de las Salas y Secciones de ese Tribunal y fijar de modo vinculante las normas de asignación de las ponencias que deban turnar los Magistrados.

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 26 de octubre de 1995, páginas 31277 a 31277 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-1995-23324

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 11 de octubre de 1995, acordó hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional de 11 de septiembre de 1995, adoptado en virtud de lo dispuesto en el artículo 152 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, del siguiente tenor literal:

«Por los Presidentes de las Salas de esta Audiencia Nacional, nombrados ponentes, proponen para su aprobación, referida al año 1995/1996, lo siguiente, que la Sala de Gobierno acuerda por unanimidad:

Primero.-En cuanto a lo referente a las Salas de lo Penal y de lo Social, se mantiene sin modificación alguna, los criterios que fueron aprobados para los años judiciales anteriores para la composición y funcionamiento de las Secciones y normas de asignación de ponencias que deban turnar los Magistrados.

Segundo.-En cuanto a la Sala de lo Contencioso-Administrativo y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 152.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y no concurriendo ningún elemento o razón nuevos que aconseje su alteración, reiterar los criterios que fueron unánimemente aprobados sobre esta materia para los años judiciales anteriores, y especialmente para el de 1994/1995, en la sesión de la Sala de Gobierno de 14 de noviembre de 1994. En síntesis, la actuación permanente del Presidente y de los dos Magistrados titulares de cada Sección, sin perjuicio de coordinar, como hasta ahora se viene haciendo, los criterios comunes de las Secciones que conozcan de igual o similar materia, mediante las reuniones periódicas que sean necesarias, en la forma establecida en el artículo 264 de aquella Ley Orgánica.

La asignación de ponencias se realizará por riguroso orden de ingreso y subsiguiente numeración en el Registro General de la Sala, correspondiendo a cada Presidente y Magistrados titulares de la Sección unos números fijos que, especialmente ya en fase de sentencia, podrán ser returnadas por el Presidente de cada una de ellas, tanto en razón de la aprobada actuación permanente de los Magistrados suplentes, y en general, de la ejecución del Plan de Actualización de la Sala y en él, y para su caso, el de apoyo por los propios Magistrados titulares, más la situación administrativa que pueda devenir en relación con éstos, como por incidencias del proceso y votos particulares que impongan el cambio de asignación inicialmente acordada y, en definitiva, a fin de evitar la desigualdad en el reparto del trabajo y anomalías en la prestación del servicio. Resolviendo el Presidente de la Sala las dudas y discrepancias que puedan aparecer en aplicación de las anteriores reglas, oyendo a los de la Sección o Secciones implicadas.

Tercero.-La sustitución en los casos que sea necesaria para completar Sección, se realizará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 199 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.»

En la ejecución del Plan de Actualización de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, aprobado por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en 24 de febrero de 1993, concretado en el específico aspecto de apoyo jurisdiccional por acuerdos de su Comisión Permanente de 19 de julio de 1994, 10 de enero y 8 de agosto de 1995, las anteriores normas se adaptarán en lo necesario a las directrices del plan, y en especial, a la forma de actuación de los Magistrados suplentes y a las funciones generales y a las estrictamente jurisdiccionales atribuidas al Presidente de la Sala, indicadas en dicho plan y en su aplicación contenidas en las propuestas aprobadas por Acuerdo de la Sala de Gobierno de 22 de abril de 1993 y los mencionados de la Comisión Permanente, con las previsiones del actual Reglamento del Consejo General del Poder Judicial, 5/1995, de 7 de junio.

Madrid, 11 de octubre de 1995.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

SALA SANCHEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 11/10/1995
  • Fecha de publicación: 26/10/1995
Materias
  • Administración de Justicia
  • Audiencia Nacional

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