Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), con fecha 27 de enero de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso administrativo número 350/1994, promovido por don Fernando Roldán Cruz, sobre sanción por infracción en materia de conservación de la naturaleza; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Debemos estimar y estimamos el recurso interpuesto por el Procurador señor Capote Gil, en nombre de don Fernando Roldán Cruz, contra la Resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 2 de diciembre de 1993, desestimatoria del recurso de alzada deducido contra Resolución del Director general del ICONA de 21 de julio de 1993, que en expediente 33J/1993 impuso la sanción de 20.000 pesetas; que anulamos por no ajustado a Derecho. Sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 11 de octubre de 1995.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Presidente de Parques Nacionales.
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