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Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 18 de julio de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso administrativo número 2.831/1992, promovido por «A. Monerris Llinares, Sociedad Anónima», sobre sanción por infracción a la legislación vigente en materia de turrones; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Luis Suárez Migoyo, en nombre y representación de ''A. Monerris Llinares, Sociedad Anónima'', contra la Resolución de la Dirección General de Política Alimentaria, confirmada en alzada por acuerdo del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación de fecha 31 de marzo de 1992, debemos anular y anulamos las citadas resoluciones por no ser conformes a derecho.
No ha lugar a hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas en esta instancia.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 11 de octubre de 1995.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Política Alimentaria.
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