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Documento BOE-A-1995-22575

Orden de 27 de septiembre de 1995 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 467/1993, promovido por doña María Eugenia Valero Lazaga.

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 14 de octubre de 1995, páginas 30161 a 30161 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-22575

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia, con fecha 29 de noviembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 467/1993, en el que son partes, de una, como demandante doña María Eugenia Valero Lazaga, y de otra, como demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 15 de diciembre de 1992, que desestimaba los recursos de reposición interpuestos contra otras de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública de fecha 11 de mayo de 1992, sobre compatibilidad.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos:

Primero.-Estimamos el recurso jurisdiccional deducido por doña María Eugenia Valero Lazaga, contra la Resolución del Ministerio de las Administraciones Públicas, de 15 de diciembre de 1992, por la que se desestima el recurso de reposición por aquélla deducido frente a la Resolución de 11 de mayo de 1992, denegatorias del reconocimiento de compatibilidad por ella solicitado.

Segundo.-En consecuencia, declaramos nulas por contrarias al ordenamiento jurídico tales Resoluciones, y declaramos el derecho que a la recurrente asiste a percibir las retribuciones correspondientes a los servicios prestados mediante la actividad pública para la que se solicitó compatibilidad, condenando a la Administración a estar y pasar por tales declaraciones.

Tercero.-Sin imposición de costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contenciso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 27 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992 «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.

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