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La entidad denominada «Unión de Maestros Pintores y Otros Gremios, Mutualidad de Previsión Social», fue inscrita en el Registro Oficial de Entidades de Previsión Social por Resolución de 5 de marzo de 1958 de la Dirección General de Previsión del Ministerio de Trabajo, con el número 80, dictada al amparo de la Ley de 6 de diciembre de 1941 sobre Montepíos y Mutualidades de Previsión Social y Reglamento para su aplicación de 26 de mayo de 1943, ambas disposiciones derogadas por la disposición derogatoria 1.b) de la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado y por la disposición final segunda del Reglamento de Entidades de Previsión Social de 4 de diciembre de 1985.
La junta general extraordinaria, celebrada el 21 de abril de 1993 acordó la disolución y la liquidación de la mutualidad por haber quedado reducido el número de socios a cifra inferior al mínimo legal.
Por Orden de 30 de diciembre de 1993, este Ministerio acordó la revocación de la autorización administrativa concedida a dicha mutualidad para el ejercicio de la actividad de previsión social de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 29.1, letras b) y f) de la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado, 86.1, letras b) y f) del Reglamento de Ordenación del Seguro Privado de 1 de agosto de 1985 y 38, letras b) y f) del Reglamento de Entidades de Previsión Social de 4 de diciembre de 1985 e inscripción de dicho acto en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras.
Ultimado el proceso de liquidación y habiéndose cumplimentado el requisito de publicidad previsto en el artículo 106.2 del Reglamento de Ordenación del Seguro Privado de 1 de agosto de 1985, a propuesta de la Dirección General de Seguros, este Ministerio ha acordado:
Primero.-Declarar la extinción de la entidad denominada «Unión de Maestros Pintores y Otros Gremios, Mutualidad de Previsión Social».
Segundo.-Proceder a su cancelación del Registro Especial de Entidades Aseguradoras, previsto en los artículos 40 de la 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado y 13 del Reglamento de Entidades de Previsión Social, de 4 de diciembre de 1985.
Lo que comunica a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 22 de diciembre de 1994.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Alfredo Pastor Bodmer.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros.
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