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Documento BOE-A-1995-21746

Decreto 192/1995, de 31 de agosto, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, a favor de la iglesia parroquial en La Losa (Segovia).

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 2 de octubre de 1995, páginas 29067 a 29068 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1995-21746

TEXTO ORIGINAL

La iglesia parroquial de La Losa se trata de un templo de finales del siglo XV, principios del XVI, estilo gótico-Reyes Católicos. Tiene única nave, bóveda de terceletes y torre de sencilla factura.

La portada principal, con arco carpanel, enmarcada entre dos contrafuertes rematados en pináculo, que se unen a modo de alfiz, constituye uno de los elementos más notables del conjunto.

La Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, por Resolución de 25 de marzo de 1982, incoó expediente de declaración como monumento histórico-artístico a favor de la iglesia parroquial en La Losa (Segovia).

Con fecha 27 de enero de 1995, la Universidad de Valladolid informa favorablemente la declaración.

De conformdiad con lo establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en materia de Patrimonio Histórico en la Comunidad de Castilla y León, la Consejera de Educación y Cultura ha propuesto declarar bien de interés cultural dicho inmueble con la categoría de monumento, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español; Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, y Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, de la Junta de Castilla y León; a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura; visto el informe de la Asesoría Jurídica de esta Consejería y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 31 de agosto de 1995, dispongo:

Artículo 1.

Se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, la iglesia parroquial en La Losa (Segovia).

Artículo 2.

La delimitación del entorno de protección se define:

Comenzando en el vértice NO de la parcela 04 de la manzana 19348, y siguiendo su límite N, bordea la manzana 19350 hasta la confluencia con la calle Iglesia, y en dirección N, por ella hasta la línea que pasa por el límite S de las parcelas 01 y 02 de la manzana 20351. Cruza en dirección S hasta encontrar la esquina NO de la parcela 01 de la manzana 20350. Bordeando las edificaciones construidas en dirección E y S alcanza el lindero O de la parcela 02/20350 y sigue por él hasta la calle La Tía Susana, que cruza, hasta encontrar el límite N de lo edificado en la parcela 01 de la manzana 21356, sigue por este límite hasta la parcela 07 y baja en dirección S hasta la calle Animas. Continúa por esta calle cruzando la calle del Cementerio, siguiendo por la de la Iglesia, cruza de nuevo la calle de la Alhóndiga hasta encontrar el límite O de la parcela 05 de la manzana 19348. Sigue este límite en dirección S hasta la parcela 06, donde, continuando por el límite N de ésta y de la 07, encuentra las edificaciones de la 05, a las que bordea hasta llegar al límite O de esta parcela, y en dirección N por este límite y el de la parcela 04 cierra el polígono.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Decreto así como la zona afectada por la declaración, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, y recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Castilla y León en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición previo o, en el plazo de un año, si la resolución expresa no se produjera en el plazo de un mes.

Valladolid, 31 de agosto de 1995.-El Presidente, Juan José Lucas Jiménez.-La Consejera de Educación y Cultura, Josefa Eugenia Fernández Arufe.

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