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Documento BOE-A-1995-21293

Resolución de 5 de septiembre de 1995, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se delegan en el Delegado especial del Ministerio de Economía y Hacienda en RENFE las competencias de la Dirección General del Patrimonio del Estado para la desafectación de bienes inmuebles de carácter demanial y titularidad estatal adscritos a RENFE.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 1995, páginas 28538 a 28538 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-21293
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1995/09/05/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Estatuto de la Red Nacional de Ferrocarriles Españoles (RENFE) aprobado por Real Decreto 121/1994, de 28 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 11 de febrero de 1994), al regular en su Título IV el régimen patrimonial de Ente Público, prevé, en su artículo 36.2, que la desafectación de los bienes inmuebles de titularidad estatal adscritos a RENFE, a los que se refieren los párrafos a) y b) del artículo 33 de dicho Estatuto, será realizada por el Ministerio de Economía y Hacienda «conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora del Patrimonio del Estado», con los consiguientes efectos, en su caso, de incorporación al patrimonio propio de RENFE del bien desafectado.

Al estar atribuidas a esta Dirección General del Patrimonio del Estado las actuaciones de tramitación precisas para la desafectación interesada y la formalización de la misma mediante la designación del representante que debe suscribir el acta de entrega, recepción e incorporación posterior al patrimonio de RENFE, se ha estimado oportuno delegar estas competencias en el Delegado Especial de este Departamento en RENFE, sin perjuicio de las funciones que tienen asignadas por el mencionado Estatuto y Decreto 298/1963, de 14 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 46 de 22 de febrero de 1963) y del previo conocimiento de la solicitud de desafectación por este Centro directivo, cuando los inmuebles de que se trate puedan ser destinados a cualquier otro servicio público del Estado, previo en este caso, el acuerdo correspondiente con el referido Ente Público.

En su virtud, y para lograr una mayor agilidad y eficacia en la tramitación del referido procedimiento, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Delegar en el Delegado Especial del Ministerio de Economía y Hacienda en RENFE las facultades asignadas a esta Dirección General por el artículo 121 de la Ley del Patrimonio del Estado, en relación con la desafectación de los bienes inmuebles de carácter demanial y titularidad estatal a los que se refiere el artículo 36.2 del Estatuto de RENFE.

Segundo.-Las actas mediante las que se formalice la desafectación e incorporación al patrimonio propio de RENFE de los bienes inmuebles incluidos en el apartado anterior, serán suscritas por el Delegado Especial del Ministerio de Economía y Hacienda en RENFE, que remitirá una copia de las mismas a la Subdirección General del Patrimonio del Estado a efectos de la actualización del Inventario General de Bienes y Derechos del Estado.

Tercero.-La Delegación Especial del Ministerio de Economía y Hacienda en RENFE remitirá a la Subdirección General del Patrimonio del Estado, debidamente identificadas y con antelación suficiente a la suscripción de las actas que formalicen la desafectación, las relaciones facilitadas por la empresa de los bienes inmuebles de carácter demanial que se pretendan desafectar.

Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 5 de septiembre de 1995.-El Director general del Patrimonio del Estado, Juan Antonio Vázquez de Parga y Pardo.

Ilmo. Sr. Delegado especial del Ministerio de Economía y Hacienda en RENFE.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 05/09/1995
  • Fecha de publicación: 23/09/1995
  • Entrada en vigor: 24 de septiembre de 1995.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 36.2 del Estatuto aprobado por Real Decreto 121/1994, de 28 de enero (Ref. BOE-A-1994-3245).
    • art. 121 de la Ley de Bases del Patrimonio del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 1022/1964, de 15 de abril (Ref. BOE-A-1964-6135).
  • CITA Decreto 298/1963, de 14 de febrero (Ref. BOE-A-1963-2986).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General del Patrimonio del Estado
  • Ministerio de Economía y Hacienda

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