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Documento BOE-A-1995-21124

Aplicación provisional del Canje de Cartas de fechas 1 de marzo y 13 de junio de 1995, constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y el PNUMA sobre la Segunda Reunión de Expertos Jurídicos y Técnicos (7 a 11 de febrero de 1995) y la IX Reunión ordinaria de las Partes Contratantes para la revisión del Convenio para la Protección del Mar Mediterráneo contra la Contaminación y sus Protocolos conexos (Barcelona, 5 al 10 de junio de 1995).

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 21 de septiembre de 1995, páginas 28186 a 28193 (8 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1995-21124
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1995/06/13/(2)

TEXTO ORIGINAL

ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AMBIENTE SOBRE LA SEGUNDA REUNION DE EXPERTOS JURIDICOS Y TECNICOS ENCARGADOS DE EXAMINAR ENMIENDAS AL CONVENIO DE BARCELONA, EL PROTOCOLO SOBRE VERTIDOS Y EL PROTOCOLO SOBRE LAS ZONAS ESPECIALMENTE PROTEGIDAS, 7 A 11 DE FEBRERO DE 1995, QUE SE CELEBRARA EN BARCELONA (ESPAÑA) Y LA NOVENA REUNION ORDINARIA DE LAS PARTES CONTRATANTES EN EL CONVENIO PARA LA PROTECCION DEL MAR MEDITERRANEO CONTRA LA CONTAMINACION Y PROTOCOLOS CONEXOS, 5 A 10 DE JUNIO DE 1995, QUE SE CELEBRARA EN BARCELONA (ESPAÑA)

Excelentísimo señor:

Tengo el honor de referirme a los arreglos para la segunda Reunión de Expertos Jurídicos y Técnicos encargados de examinar enmiendas al Convenio de Barcelona, el Protocolo sobre vertidos y el Protocolo sobre las zonas especialmente protegidas, 7 a 11 de febrero de 1995, que se celebrará en Barcelona (España), y la novena Reunión Ordinaria de las Partes Contratantes en el Convenio para la Protección del Mar Mediterráneo contra la Contaminación y Protocolos conexos, 5 a 10 de junio de 1995, que se celebrará en Barcelona (España). Por medio de la presente carta desearía obtener el acuerdo del Gobierno de Vuestra Excelencia para los arreglos que se detallan a continuación:

1. Los participantes en las reuniones serán invitados por la Directora ejecutiva del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente de conformidad con el reglamento de reuniones y conferencias de las Partes Contratantes en el Convenio para la Protección del Mar Mediterráneo contra la Contaminación y sus Protocolos conexos, y comprenderán representantes de:

a) Estados.

b) Organizaciones que hayan recibido invitaciones permanentes del PNUMA/PAM para participar en las reuniones en calidad de observadores.

c) Organismos especializados y órganos conexos de las Naciones Unidas.

d) Otras organizaciones intergubernamentales.

e) Organizaciones no gubernamentales.

f) Funcionarios de la Secretaría del PNUMA/PAM.

g) Otras personas invitadas por el PNUMA.

2. La Directora ejecutiva del PNUMA designará a los funcionarios del PNUMA/PAM y de las Naciones Unidas que asistirán a las reuniones para prestar servicios en ellas.

3. Las sesiones de apertura y clausura de las reuniones estarán abiertas a los representantes de los medios de información acreditados por el PNUMA a su discreción, previa consulta con el Gobierno.

4. El Gobierno proporcionará, por el tiempo que duren las reuniones, los locales que sean necesarios, incluso salas de conferencias para reuniones oficiosas, espacio de oficinas, zonas de trabajo y otras instalaciones conexas, tal como se especifica en los anexos 1A y 2A del presente Acuerdo. El Gobierno amueblará, equipará y mantendrá en buenas condiciones, a sus expensas, todos estos locales e instalaciones en la forma que el PNUMA considere adecuada para la marcha eficaz de las reuniones. Las salas de conferencias dispondrán de equipo para la interpretación simultánea recíproca, tal como se especifica en los anexos 1C y 2C, así como instalaciones para la prensa y para la grabación de sonido desde la sala. Los locales se considerarán locales de las Naciones Unidas y permanecerán a disposición del PNUMA las veinticuatro horas del día desde dos días antes de las reuniones hasta un día después de su clausura.

5. El Gobierno proporcionará, de ser posible dentro de la zona de las conferencias, servicios bancarios, postales, telefónicos (tarjeta magnética) y de telefax, así como servicios de comedor adecuados, una agencia de viajes y un centro de primeros auxilios.

6. El Gobierno sufragará el costo de todos los servicios públicos necesarios para las reuniones, incluidas las comunicaciones telefónicas locales de la Secretaría de las reuniones y sus comunicaciones por teléfono o telefax con la sede del PNUMA en Nairobi y la oficina del PNUMA/PAM en Atenas, cuando dichas comunicaciones sean autorizadas por el Secretario de las reuniones o en su nombre.

7. El Gobierno sufragará los gastos de transporte y seguro, desde cualquier oficina de las Naciones Unidas al lugar de celebración de las reuniones y de regreso, de todo el equipo y los suministros de las Naciones Unidas necesarios para la buena marcha de las reuniones. El PNUMA determinará el medio de transporte de ese material y equipos.

8. El Gobierno se asegurará de que las personas que participen en las reuniones o asistan a ellas dispongan de alojamiento adecuado en hoteles o residencias con precios comerciales razonables.

9. El Gobierno proporcionará servicios médicos adecuados para la prestación de primeros auxilios en casos de urgencia en el centro de conferencias. En caso de emergencias graves, el Gobierno garantizará el traslado e ingreso inmediato en un hospital.

10. El Gobierno proporcionará diariamente medios de transporte entre el aeropuerto, el centro de conferencias y los principales hoteles para los miembros de la Secretaría del PNUMA/PAM que presten servicios a las reuniones a su llegada y partida.

11. El Gobierno se asegurará de que todas las personas que participen en las reuniones o asistan a ellas dispongan de medios de transporte entre el aeropuerto, los principales hoteles y el centro de conferencias.

12. El Gobierno proporcionará un número adecuado de automóviles con chófer para uso oficial de los funcionarios principales y las Secretarías de las reuniones, así como otros tipos de transporte local que necesiten las Secretarías en relación con las reuniones.

13. El Gobierno proporcionará la protección policial que sea necesaria para el funcionamiento eficaz de las reuniones en un clima de tranquilidad y seguridad, libre de interferencias de cualquier tipo. Aunque estos servicios policiales estarán bajo la supervisión y el control directo de un oficial superior designado por el Gobierno, dicho oficial actuará en estrecha colaboración con el funcionario superior que nombre el PNUMA/PAM.

14. El Gobierno designará un oficial de enlace que hable inglés, quien estará encargado, en consulta con el PNUMA, de disponer y realizar los arreglos administrativos y de personal que sean necesarios para las reuniones conforme a lo previsto en el presente Acuerdo.

15. El Gobierno contratará y proporcionará, en número adecuado, el personal local de apoyo necesario para la buena marcha de las reuniones. Las necesidades exactas a este respecto se especifican en los anexos 1B y 2B del presente Acuerdo. Algunas de esas personas deberán estar disponibles por lo menos dos días antes de la apertura de las reuniones y hasta un máximo de un día después de su clausura, según las necesidades de las Naciones Unidas. El PNUMA proporcionará el personal que se especifica en los anexos 1C y 2C del presente Acuerdo.

Arreglos financieros

16. El Reino de España sufragará los gastos de la segunda Reunión de Expertos Jurídicos y Técnicos encargados de examinar enmiendas al Convenio de Barcelona, el Protocolo sobre Vertidos, y el Protocolo sobre las Zonas Especialmente Protegidas, como lo anunció su representante en la Reunión de Expertos Jurídicos y Técnicos encargados de examinar enmiendas al Convenio de Barcelona y Protocolos conexos y el Programa de Acción del Mediterráneo (Barcelona, 14 a 18 de noviembre de 1994), así como los gastos de la novena Reunión ordinaria de las Partes Contratantes en el Convenio para la Protección del Mar Mediterráneo contra la Contaminación y Protocolos conexos, como lo anunció el representante del Reino de España en la última Reunión ordinaria de las Partes Contratantes en el Convenio para la Protección del Mar Mediterráneo contra la Contaminación y Protocolos anexos (Antalya, 12 a 15 de octubre de 1993). Dichos gastos incluirán, sin perjuicio de otras partidas:

Los gastos adicionales reales por concepto de viajes y prestaciones de los funcionarios de las Naciones Unidas asignados para planificar las reuniones, prestarles servicios o asistir a ellas, como se especifica en los anexos 1C y 2C. La Secretaría dispondrá lo necesario para el viaje de los funcionarios de las Naciones Unidas cuyos servicios sean precisos para la planificación o celebración de las reuniones, y para el envío del material y equipo necesarios, de conformidad con el Estatuto y Reglamento del Personal de las Naciones Unidas y las prácticas administrativas conexas relativas a condiciones de viaje, equipaje autorizado, dietas y gastos de salida y llegada.

Los gastos por concepto de billetes de avión en clase económica, dietas y gastos de salida y llegada de 15 expertos de las Partes Contratantes que participarán en la Reunión de Expertos que se celebrará en Barcelona del 7 al 11 de febrero de 1995.

Los gastos de envío de documentos y equipo de Atenas a Barcelona.

El uso de los locales e instalaciones de reunión que sean necesarios, tal como se especifica en los párrafos 4 y 5.

El costo de todos los locales e instalaciones de reunión que sean necesarios, tal como se especifica en los párrafos 4 y 5.

El costo de todos los servicios públicos necesarios para las reuniones, tal como se especifica en el párrafo 6.

Los gastos de transporte y seguro, tal como se especifica en el párrafo 7.

El costo de los transportes de los miembros de la Secretaría del PNUMA/PAM que presten servicios a las reuniones, tal tomo se especifica en los párrafos 10 y 12.

El costo de la protección policial que se proporcione, tal como se especifica en el párrafo 13.

Los gastos de los servicios del oficial de enlace y un número adecuado de personal local de apoyo, tal como se especifica en los párrafos 14 y 15.

Los gastos por concepto de sueldos del personal (intérpretes, traductores y mecanógrafos de conferencias), tal como se especifica en los anexos 1D y 2D.

El costo estimado de las horas extraordinarias del personal de conferencias, tal como se especifica en el anexo 2D.

17. El total de los gastos estimados a que se hace referencia en el párrafo 16 que ha de sufragar el Reino de España asciende a 260.730 dólares de los EE.UU. El 31 de marzo de 1995 a más tardar se abonará al PNUMA la suma de 208.102 dólares de los EE.UU. El pago, que será en su totalidad en dólares de los Estados Unidos, se depositará en la cuenta siguiente: UNEP, Bank Account, Chemical Bank, United Nations Office, New York, NY 10017, USA, Trust Fund Account No. 015-002756. El saldo de 52.628 dólares de los EE.UU. se enjugará con cargo a los fondos no utilizados del depósito de 201.133 dólares de los EE.UU. hecho en 1994 por el Reino de España en relación con el Acuerdo firmado entre el Reino de España y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente acerca de la reunión de expertos sobre el Protocolo relativo a los fondos marinos (Madrid, 11 y 12 de octubre de 1994), la Conferencia de Plenipotenciarios sobre el Protocolo relativo a los Fondos Marinos (Madrid, 13 y 14 de octubre de 1994), y la reunión de expertos sobre la revisión del Convenio de Barcelona y protocolos conexos y el PAM (Barcelona, 14 a 18 de noviembre de 1994).

18. El depósito a que se hace referencia en el párrafo 17 se utilizará exclusivamente para sufragar los gastos del PNUMA relacionados con las reuniones.

19. Después de las reuniones, el PNUMA presentará al Gobierno un estado de cuentas detallado y certificado en el que figurarán los gastos reales realizados por el PNUMA que hayan de ser sufragados por el Gobierno, tal como se establece en los anexos 1D y 2D del presente acuerdo. Estos gastos se expresarán en dólares de los Estados Unidos aplicando el tipo de cambio oficial de las Naciones Unidas vigente al momento de efectuarse los pagos. Sobre la base de este estado de cuentas detallado, el PNUMA reembolsará al Gobierno el saldo sobrante del depósito al que se hace referencia en el párrafo 17, si lo hubiera. Las cuentas definitivas estarán sujetas a comprobación tal como se dispone en el Reglamento Financiero y la Reglamentación Financiera Detallada de las Naciones Unidas. Su ajuste final será efectuado por la Junta de Auditores de las Naciones Unidas, cuya decisión aceptarán como definitiva tanto el Reino de España como el PNUMA.

20. Propongo que las reuniones se ajusten a las condiciones siguientes:

a) i) La Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas, de 13 de febrero de 1946, y la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de los Organismos Especializados, de 21 de noviembre de 1947, en las que España es Parte, serán aplicables a las reuniones.

En particular, los participantes invitados por el PNUMA tendrán la condición de expertos en misión para las Naciones Unidas, a tenor de lo dispuesto en el artículo VI de la Convención. Los funcionarios de las Naciones Unidas que participen en las reuniones o desempeñen funciones en relación con ellas gozarán de las prerrogativas e inmunidades previstas en los artículos V y VII de la Convención. Los funcionarios de los organismos especializados que participen en las reuniones gozarán de las prerrogativas e inmunidades previstas en los artículos VI y VIII de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de los Organismos Especializados.

ii) Sin perjuicio de lo dispuesto en las Convenciones sobre prerrogativas e inmunidades de las Naciones Unidas y de los organismos especializados, todos los participantes y todas las personas que desempeñen funciones en relación con las reuniones gozarán de las facilidades y atenciones que sean necesarias para el ejercicio independiente de sus funciones en relación con las reuniones.

iii) El personal que proporcione el Gobierno de conformidad con el presente Acuerdo gozará de inmunidad de jurisdicción respecto de las declaraciones verbales o escritas que formule y de todos los actos que realice a título oficial en relación con las reuniones.

b) Todos los participantes y todas las personas que desempeñen funciones en relación con las reuniones tendrán derecho a entrar y salir del Reino de España sin impedimento alguno. Los visados y permisos de entrada, en los casos en que sean necesarios, se expedirán gratuitamente, con la mayor prontitud, y a más tardar dos semanas antes de la fecha de inicio de las reuniones, siempre que la solicitud de visado se presente por lo menos tres semanas antes de la apertura de la reunión. Si la solicitud se presenta más tarde, el visado se expedirá a más tardar a los tres días de recibida.

c) La salas, oficinas e instalaciones, así como los medios de transporte puestos a disposición de las reuniones por el Gobierno tendrán el carácter de locales y propiedades de las Naciones Unidas mientras duren las reuniones, en el sentido del artículo II de la Convención de 13 de febrero de 1946.

d) El Gobierno permitirá la importación temporal, libre de derechos e impuestos, de todo equipo, incluido el equipo técnico que lleven los representantes de los medios de información, y eximirá de derechos de importación e impuestos a todos los materiales necesarios para las reuniones. El Gobierno expedirá sin demora todos los permisos de importación y exportación necesarios a esos efectos.

e) Queda entendido, asimismo, que su Gobierno asumirá responsabilidad por toda acción, reclamación o demanda contra las Naciones Unidas o sus funcionarios por:

i) Lesiones y daños personales o materiales en las salas de conferencias o las oficinas facilitadas para las reuniones.

ii) Lesiones personales o pérdidas materiales causadas por los servicios de transporte proporcionados por el Gobierno o bajo control de éste a que se hace referencia en el artículo VI, o que tengan lugar como consecuencia de la utilización de dichos servicios.

iii) El empleo del personal facilitado o contratado por su Gobierno para la celebración de las reuniones, y su Gobierno indemnizará y eximirá de responsabilidad a las Naciones Unidas y a su personal respecto de toda posible acción, reclamación o demanda de esa clase.

f) Toda controversia entre el Reino de España y las Naciones Unidas relativa a la interpretación o aplicación del Acuerdo que no pueda ser resuelta por vía de negociación o por otros medios de solución acordados se resolverá de conformidad con lo dispuesto en la sección 10 del artículo VIII del Convenio sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas.

21. El presente Acuerdo se aplicará provisionalmente desde la fecha de su firma. El presente Acuerdo surtirá plenos efectos cuando España y el PNUMA se hayan comunicado recíprocamente el cumplimiento de los requisitos internos exigidos al efecto.

Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi consideración más distinguida.

Por la presente tengo el honor de confirmar a Vuestra Excelencia el Acuerdo del Gobierno de España con cuanto antecede.

Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi consideración más distinguida.

Nairobi, 13 de junio de 1995.

Reuben Olembo,

Director ejecutivo adjunto / Fermín Prieto-Castro,

Embajador de España

ANEXO 1A

Locales, equipo, servicios y material que ha de proporcionar el Reino de España para la Reunión de Expertos Jurídicos y Técnicos encargados de examinar las enmiendas al Convenio de Barcelona, el Protocolo sobre Vertidos y el Protocolo sobre las Zonas Especialmente Protegidas (Barcelona, 7 a 11 de febrero de 1995)

1. Salas de reunión y oficinas (en el hotel «Meliá»).

Del 6 al 10 de febrero de 1995, salón «Jade»*, con aforo para un máximo de 70 personas, tipo aula, equipado con mesas, sillas, micrófonos, auriculares, aparatos para interpretación simultánea recíproca en dos idiomas, conforme a las normas fijadas por la Asociación Inter

* La reunión se trasladará al salón «Opalo» el 11 de febrero de 1995.

nacional de Intérpretes de Conferencias (AIIC), e instalaciones para la grabación de los debates.

Del 6 al 11 de febrero de 1995, salón «Topacio», para uso del coordinador, el coordinador adjunto, el oficial de servicios sustantivos y el experto jurídico. Deberá estar equipado con cuatro escritorios, seis sillas, lámparas para cada escritorio, línea telefónica interna, además de línea telefónica internacional y fax; esta oficina se utilizará también para reuniones de comités especiales.

Del 6 al 11 de febrero de 1995, salón «Esmeralda», para el oficial de conferencias y cinco mecanógrafos. Esta sala deberá estar equipada con ocho mesas grandes, ocho sillas, lámparas en todas las mesas, línea telefónica interna. Cada mesa deberá tener un alargue con cuatro enchufes.

Del 6 al 11 de febrero de 1995, salón «Coral», para los cuatro traductores que prestarán servicios a la reunión. Deberá estar equipado con cuatro mesas, ocho sillas, cuatro lámparas de escritorio, línea telefónica interna. Cada mesa deberá tener un alargue con cuatro enchufes.

Una zona abierta cercana a las salas de reunión, equipada con tres mesas grandes, tres sillas y estanterías, y una línea telefónica interna, que se utilizará para la inscripción de los participantes.

Parte del espacio situado al exterior del salón «Jade» se utilizará como oficina para los intérpretes.

2. Otros servicios en el centro de conferencias.

Servicios de teléfono y telefax para uso de los participantes.

Servicios bancarios.

Estafeta de correos.

Agencia de viajes.

Servicios de comedor para uso de los delegados y el personal, con capacidad para servir comidas ligeras al personal del servicio de conferencias que trabaje en el turno de noche.

Puesto de primeros auxilios.

3. Equipo de tratamiento de textos.

Un total de cuatro computadoras compatibles con IBM PC-486/386, con 4 Mb de memoria como mínimo, velocidad de 33 MHz, vídeo y monitor en color SVGA, disco IDE de 80 Mb (15 ms), disquetera para disquetes HD de 3,5", teclados USA, dos impresoras «Laserjet» IV o compatibles, dos equipos para compartir impresoras.

En las computadoras se instalarán: DOS 6.2, diversos programas de tratamiento de textos y otros programas. El Plan de Acción para el Mediterráneo (PAM) del PNUMA suministrará todos los programas necesarios.

4. Otro material.

Equipo de grabación y casetes para grabar los debates de la reunión.

Un aparato de telefax que se instalará en el salón «Topacio».

Una máquina de escribir eléctrica (teclado inglés).

Estanterías adecuadas (o mesas) en la sala de reuniones para el almacenamiento y distribución de documentos.

Vasos, jarras de agua y martillo para la mesa del Presidente.

Una fotocopiadora de gran capacidad, para producir entre 60 y 70 copias por minuto (también deberá poder disponerse de una máquina auxiliar).

5. Material de oficina.

El material de oficina necesario para el funcionamiento adecuado de la reunión.

Equipo que ha de proporcionar el PNUMA

Cuatro dictáfonos «Phillips» y 12 transcriptores con sus correspondientes auriculares, pedales y casetes, para uso de los traductores y mecanógrafos de conferencias.

ANEXO 1B

Personal local de apoyo que ha de facilitar gratuitamente el Reino de España para la Reunión de Expertos Jurídicos y Técnicos encargados de examinar las enmiendas al Convenio de Barcelona, el Protocolo sobre Vertidos y el Protocolo sobre las Zonas Especialmente Protegidas (Barcelona, 7 a 11 de febrero de 1995)

Un oficial de enlace encargado de los arreglos de organización durante la reunión, así como dos días antes y un día después de ésta.

Del 7 al 11 de febrero de 1995, dos empleados que hablen inglés, asignados al personal de la Secretaría del PNUMA.

Del 7 al 11 de febrero de 1995, un empleado bilingüe (español/inglés o español/francés), encargado de la inscripción/información.

Personal suficiente para manejar el equipo de interpretación simultánea y grabación durante la reunión.

Del 6 de febrero (a las nueve horas) al 11 de febrero de 1995, un electricista.

Del 6 de febrero (a las nueve horas) al 11 de febrero de 1995, un técnico encargado del mantenimiento del equipo de tratamiento de textos.

Empleados de limpieza y otro personal necesario para asegurar el adecuado funcionamiento de la reunión.

ANEXO 1C

Personal que ha de facilitar el PNUMA para la Reunión de Expertos Jurídicos y Técnicos encargados de examinar las enmiendas al Convenio de Barcelona, el Protocolo sobre Vertidos y el Protocolo sobre las Zonas Especialmente Protegidas (Barcelona, 7 a 11 de febrero de 1995)

Del 7 al 11 de febrero de 1995, cuatro intérpretes.

Del 7 al 11 de febrero de 1995, cuatro traductores autorrevisores (dos al inglés, dos al francés).

Del 7 al 11 de febrero de 1995, tres macanógrafos de conferencias (de idioma inglés).

Del 6 al 11 de febrero de 1995, un mecanógrafo de conferencia (de idioma francés).

Del 6 al 11 de febrero de 1995, un secretario bilingüe francés/inglés del PNUMA/PAM, que prestará servicios a la reunión y actuará como secretario del coordinador, el coordinador adjunto y los oficiales de servicios sustantivos de la reunión.

Un coordinador del PAM/PNUMA.

Un coordinador adjunto del PAM/PNUMA.

Un funcionario encargado de la reunión.

Un oficial de conferencias.

Un experto jurídico.

ANEXO 2A

Locales, equipo, servicios y material que ha de proporcionar el Reino de España para la novena Reunión ordinaria de las Partes Contratantes (Barcelona, 5 a 10 de junio de 1995)

1. Salas de reunión y oficinas (hotel «Meliá»).

Del 4 al 10 de junio de 1995, en el «Salón Diamante», para 150 participantes, estilo aula, equipado con mesas, sillas, micrófonos, auriculares, aparatos para interpreta ción simultánea recíproca en cuatro idiomas, conforme a las normas fijadas por la Asociación Internacional de Intérpretes de Conferencias (AIIC), e instalaciones para la grabación de los debates.

Del 4 al 10 de junio de 1995, el salón «Onix B», para 40 participantes, equipado con una mesa grande y sillas, micrófonos, auriculares y aparatos para interpretación simultánea recíproca en dos idiomas, conforme a las normas fijadas por la Asociación Internacional de Intérpretes de Conferencias (AIIC).

Del 4 al 10 de junio de 1995, el salón «Onix A» (con divisiones), para el coordinador, el coordinador adjunto, el oficial de pagos, el oficial de operaciones de computadora y dos oficiales sustantivos. Ocho escritorios o mesas, 10 sillas, una lámpara en cada escritorio, tres mesas pequeñas, teléfono interno, así como línea internacional directa y línea directa de fax.

Zona de prensa equipada con teléfonos y fax para uso de los periodistas.

Del 3 de junio (en la tarde) al 10 de junio de 1995, el salón «Opalo», para los 12 mecanógrafos que prestarán servicios a la reunión y el oficial de conferencias. Esta oficina deberá estar equipada con 16 mesas grandes, lámparas en todas las mesas y línea telefónica interna. Cada mesa deberá tener un alargue con cuatro enchufes.

Del 4 de junio (nueve horas) al 10 de junio de 1995, el salón «Esmeralda», para tres traductores al inglés y tres al francés, que prestarán servicios a la reunión. Seis escritorios, seis sillas, una lámpara para cada escritorio, una mesa, línea telefónica interna. Cada escritorio tendrá un alargue con cuatro enchufes.

Del 4 de junio (nueve horas) al 10 de junio de 1995, el salón «Coral», para tres traductores al español y tres al árabe que prestarán servicios a la reunión. Seis escritorios, seis sillas, una lámpara por escritorio, una mesa, línea telefónica interna. Cada escritorio deberá tener un alargue con cuatro enchufes.

Del 4 al 10 de junio de 1995, el salón «Topacio», que se utilizará como oficina para los intérpretes. Estará equipado con una mesa grande, 17 sillas, una pizarra y una línea telefónica interna.

La zona situada al exterior del salón «Topacio» se utilizará para las máquinas fotocopiadoras.

Una habitación en el tercer piso habilitada como despacho para la Directora ejecutiva durante su estancia, con un escritorio, una lámpara de mesa, cuatro sillones, una mesa y siete sillas. El teléfono interno deberá tener acceso a una línea internacional.

Del 4 al 10 de junio de 1995, un despacho para el oficial de información del PNUMA y una secretaria, equipado con dos escritorios, cuatro sillas, dos lámparas de mesa y línea de teléfono interno.

Una zona abierta cercana a las salas de reuniones equipada con cuatro mesas grandes, cinco sillas y estanterías, que se utilizará para la inscripción de los participantes y los periodistas.

2. Otros servicios en el centro de conferencias.

Servicios de teléfono y telefax para uso de los participantes.

Servicios bancarios.

Estafeta de correos.

Agencia de viajes.

Servicios de comedor para uso de los delegados y el personal, con capacidad para servir comidas ligeras al personal del servicio de conferencias que trabaje en el turno de noche.

Puesto de primeros auxilios.

3. Equipo de procesamiento de textos.

A. Un total de 12 computadoras IBM o compatibles, con las siguientes especificaciones: Placa matriz PC-486/DX2-66, con 8-12 Mb de memoria y caché de 128 Kb; disco duro con una capacidad mínima de 100 Mb (tiempo de acceso menor de 15 ms), unidad de disco de 3,5"; controlador de disco E/S con bus local; pantalla en color y tarjeta de vídeo SVGA (800 x 600, 1 Mb de memoria, bus local); un puerto serie; un puerto paralelo; ratón; teclado USA (102 teclas como mínimo).

B. Un total de tres computadoras IBM o compatibles, con las siguientes especificacines: Placa matriz PC-486/DX2-66 o P5-60, con 16-20 Mb de memoria y caché de 256 Kb; disco duro con una capacidad mínima de 500 Mb (tiempo de acceso menor de 15 ms), unidades de disco de 3,5" y 5,25"; controlador de disco E/S con bus local; pantalla en color y tarjeta de vídeo SVGA* (1.024 x 768 o 1.280 x1.024, preferiblemente 1.600 x 1.200, 2 Mb de memoria VRAM, bus local); dos puertos serie; dos puertos paralelo; ratón; CD-ROM de doble velocidad (para una de las computadoras); tarjeta de sonido de 16 bit con altavoces (para una de las computadoras); teclado USA (102 teclas como mínimo).

C. Cinco impresoras HP «Laserjet» 4 (número 4L o 4P), con un mínimo de 12 Mb de memoria y «postcript».

D. Cuatro equipos tres a uno y un equipo dos a uno para compartir impresoras (de ser posible de conmutación automática, aunque pueden aceptarse de conmutación manual).

E. El material siguiente: 60 disquetes (3,5" HD), tres cartuchos de tóner adicionales.

F. En las computadoras se instalarán: DOS 6.2, Windows 3.1, varios programas de procesamiento de texto y otros programas. La Dependencia de Coordinación del Plan de Acción para el Mediterráneo del PNUMA proporcionará todos los programas necesarios.

4. Otros equipos.

Equipo de grabación y cintas para grabar los debates de la reunión.

Un aparato de telefax que se instalará en el salón «Onix A».

Una máquina de escribir eléctrica (teclado inglés) que se utilizará para la inscripción de los periodistas.

Estanterías adecuadas (o mesas apropiadas) en la sala de reunión para el almacenamiento y la distribución de documentos.

Vasos, jarras de agua y un martillo para la mesa del Presidente.

Dos fotocopiadoras de gran capacidad (para producir entre 60 y 70 copias por minuto).

5. Material de oficina.

Material de oficina necesario para el funcionamiento adecuado de la reunión:

Grapadoras estándar y grapas: 20.

Grapadoras grandes y grapas: 2.

Extractores de grapas: 10.

Tijeras: 8.

Perforadoras: 8.

Rollos de cinta adhesiva: 5.

Cuadernos rayados, tamaño A4: 150 para los participantes, 100 para el personal.

Cuadernos lisos, tamaño A5: 50 para el personal.

Frascos de líquido corrector blanco: 10.

Lápices: 50.

Carpetas de archivo (plástico): 100.

Goma de borrar: 10.

Reglas: 18.

* Una de las pantallas de color ha de ser de 21" ó 22" para demastraciones durante las reuniones o fuera de ellas.

Bolígrafos: 150 negros para los participantes, 100 negros para el personal y 50 azules para el personal.

Cajas de clips pequeños: 30

Cajas de bandas elásticas: 10.

Papel para fotocopias: 150 paquetes (500 hojas por paquete).

Equipo que ha de proporcionar el PNUMA

Doce dictáfonos «Phillips» y doce transcriptores con sus correspondientes auriculares, pedales y casetes, para uso de los traductores y mecanógrafos de conferencias.

ANEXO 2B

Personal local de apoyo que ha de facilitar gratuitamente el Reino de España para la novena Reunión ordinaria de las Partes Contratantes (Barcelona, 5 a 10 de junio de 1995)

Un oficial de enlace encargado de los arreglos de organización durante la reunión, así como dos días antes y un día después de ésta.

Del 5 al 10 de junio de 1995, cuatro empleados que hablen inglés, asignados al personal de secretaría del PNUMA.

Del 5 al 10 de junio de 1995, cuatro empleados bilingües español/inglés o español/francés encargados de la inscripción/información.

Del 5 al 10 de junio de 1995, personal suficiente para manejar las fotocopiadoras y ayudar en la compaginación de documentos.

Del 4 al 10 de junio de 1995, un mensajero.

El personal necesario para manejar el equipo de interpretación simultánea y grabación durante la reunión.

Del 4 de junio (a las nueve horas) al 10 de junio de 1995, un electricista.

Del 4 de junio (a las nueve horas) al 10 de junio de 1995, un técnico encargado del mantenimiento del equipo de tratamiento de textos.

Empleados de limpieza y otro personal necesario para asegurar el adecuado funcionamiento de la reunión.

ANEXO 2C

Personal que ha de facilitar el PNUMA para la novena Reunión ordinaria de las Partes Contratantes (Barcelona, 5 a 10 de junio de 1995)

Del 5 al 10 de junio de 1995, 17 intérpretes.

Del 5 al 10 de junio de 1995, 12 traductores autorrevisores (tres al árabe, tres al español, tres al francés y tres al inglés).

Del 5 al 10 de junio de 1995, 12 mecanógrafos de conferencias (tres de árabe, tres de español, tres de francés y tres de inglés).

Del 4 al 10 de junio de 1995, un secretario bilingüe francés/inglés del PNUMA/PAM, que prestará servicios a la reunión y actuará como secretario de la Directora ejecutiva, el coordinador, el coordinador adjunto y los funcionarios de servicios sustantivos de la reunión.

Directora ejecutiva.

Un coordinador del PNUMA/PAM.

Un coordinador adjunto del PNUMA/PAM.

Dos funcionarios encargados de la reunión.

Un oficial de conferencias.

Un oficial de pagos.

Un oficial de operaciones de computadora.

Un experto jurídico.

Un oficial de información.

ANEXO 1D

Reunión de Expertos Jurídicos y Técnicos encargados de examinar enmiendas al Convenio de Barcelona, el Protocolo sobre Vertidos y el Protocolo sobre las Zonas Especialmente Protegidas (Barcelona, 7 a 11 de febrero de 1995)

Dólares USA

A. Costo del personal de conferencias: 23.725 dólares

Intérpretes: 10.493 dólares:

Tres intérpretes locales por 411 dólares por cinco días / 6.165

Un intérprete de contratación internacional por 411 dólares por cinco días, más un día de viaje: 2.466 dólares, más gastos de salida y llegada, 108 dólares, más seis días de dietas (fechas de viaje: 6 a 12 de febrero, 184 dólares por seis), más viaje, 650 dólares / 4.328

Revisores: 13.160 dólares:

Dos revisores III por 253 dólares por cinco días, más un día de viaje, más gastos de salida y llegada, 108 dólares por dos, más seis días de dietas (fechas de viaje: 6 a 12 de febrero, 184 dólares por seis), más viaje, 650 dólares por dos / 6.760

Dos revisores II por 223 dólares por cinco días, más un día de viaje, más gastos de salida y llegada, 108 dólares por dos, más seis días de dietas (fechas de viaje: 6 a 12 de febrero, 184 dólares por seis), más viaje 650 dólares por dos / 6.400

B. Gastos de viaje del personal de la Dependencia de Coordinación para el Mediterráneo y el Asesor Jurídico de Atenas

Secretarios/mecanógrafos: 10.944 dólares:

Dos secretarios de la Dependencia por seis días de dietas (fechas de viaje: 6 a 12 de febrero, 184 dólares por seis) por dos, más gastos de salida y llegada, 108 dólares por dos, más viaje, 650 dólares por dos / 3.724

Dos secretarios de la Dependencia por siete días de dietas (fechas de viaje: 5 a 12 de febrero, 184 dólares por siete), más gastos de salida y llegada, 108 dólares por dos, más viaje, 650 dólares por dos / 4.092

Un secretario temporero de lengua francesa G-5 por 211 dólares por cinco días, más un día de viaje, más gastos de salida y llegada, 108 dólares, más seis días de dietas (fechas de viaje: 6 a 12 de febrero, 184 dólares por seis), más viaje, 650 dólares / 3.128

Oficiales: 10.438 dólares:

Un coordinador de categoría D-1 por siete días de dietas (fechas de viaje: 5 a 12 de febrero, 212 dólares por siete), más gastos de salida y llegada, 108 dólares, más viaje, 650 dólares / 2.242

Un coordinador adjunto de categoría D-1 por siete días de dietas (fechas de viaje: 5 a 12 de febrero, 212 dólares por siete), más gastos de salida y llegada, 108 dólares, más viaje, 650 dólares / 2.242

Un oficial de servicios sustantivos por siete días de dietas (fechas de viaje: 5 a 12 de febrero, 184 dólares por siete), más gastos de salida y llegada, 108 dólares, más viaje, 650 dólares / 2.046

Un oficial de conferencias por siete días de dietas (fechas de viaje: 5 a 12 de febrero, 184 dólares por siete), más gastos de salida y llegada, 108 dólares, más viaje, 650 dólares / 2.046

Un experto jurídico por seis días de dietas (fechas de viaje: 6 a 12 de febrero, 184 dólares por seis), más gastos de salida y llegada, 108 dólares, más viaje 650 dólares / 1.862

C. Gastos de viaje de 15 expertos de las Partes Contratantes: 34.245 dólares

Dietas (incluidos días de viaje) 15 por seis por 184 dólares / 16.560

Viaje de 15 por 1.071 dólares / 16.065

Gastos de salida y llegada, 15 por 108 dólares / 1.620

D. Varios: 1.000 dólares

Envío de documentos y equipo de conferencia Atenas/Barcelona/Atenas / 1.000

Total general / 80.280

ANEXO 2D

Novena reunión ordinaria de las Partes contratantes (Barcelona, 5 a 10 de junio de 1995)

Dólares USA

A. Costo del personal de conferencias: 134.943 dólares

Intérpretes: 66.492 dólares: Siete intérpretes locales por 411 dólares por seis días / 17.262

Diez intérpretes de contratación internacional por 411 dólares por seis días, más un día de viaje, más gastos de salida y llegada, 108 dólares por diez, más siete días de dietas (fechas de viaje: 4 a 11 de junio, 184 dólares por siete) por diez, más viaje, 650 dólares por diez / 49.230

Revisores: 38.907 dólares:

Tres revisores III de contratación local por 253 dólares por seis días / 4.554

Nueve revisores III de contratación internacional por 253 dólares por seis días, más un día de viaje, más gastos de salida y llegada, 108 dólares por nueve, más siete días de dietas (fechas de viaje: 4 a 11 de junio, 184 dólares por siete) por nueve, más viaje, 650 dólares por nueve / 34.353

Mecanógrafos: 29.544 dólares:

Tres mecanógrafos de contratación local por 210 dólares por seis días / 3.780

Cinco mecanógrafos de contratación internacional por 210 dólares por seis días, más un día de viaje, más gastos de salida y llegada, 108 dólares por cinco, más siete días de dietas (fechas de viaje: 5 a 11 de junio, 184 por siete) por cinco, más viaje 650 dólares por cinco / 17.580

Cuatro mecanógrafos de la Dependencia por siete días de dietas (fechas de viaje: 4 a 11 de junio, 184 dólares por siete), más gastos de salida y llegada, 108 dólares por cuatro, más viaje 650 dólares por cuatro. / 8.184

B. Gastos de viaje del personal de la Dependencia de Coordinación para el Mediterráneo y el Asesor Jurídico de Atenas: 21.772 dólares

Un Coordinador, un Coordinador adjunto de categoría D-1 por siete días de dietas (fechas de viaje: 4 a 11 de junio, 212 dólares por siete) por dos, más gastos de salida y llegada, 108 dólares por dos, más viaje 650 dólares por dos / 4.484

Dos Oficiales de servicios sustantivos por ocho días de dietas (fechas de viaje: 3 a 11 de junio, 184 dólares por ocho) por dos, más gastos de salida y llegada, 108 dólares por dos, más viaje 650 dólares por dos / 4.460

Un Oficial de conferencias, un Oficial de operaciones de computadora, un Oficial de pagos por ocho días de dietas (fechas de viaje: 3 a 11 de junio, 184 dólares por ocho) por tres, más gastos de salida y llegada, 108 dólares por tres, más viaje, 650 dólares por tres / 6.690

Un Oficial de información por siete días de dietas (fechas de viaje: 4 a 11 de junio, 184 dólares por siete), más gastos de salida y llegada, 108 dólares, más viaje, 650 dólares / 2.046

Un Secretario por siete días de dietas (fechas de viaje: 4 a 11 de junio, 184 dólares por siete), más gastos de salida y llegada, 108 dólares, más viaje, 650 dólares / 2.046

Un Asesor jurídico por siete días de dietas (fechas de viaje: 4 a 11 de junio, 184 dólares por siete), más gastos de salida y llegada, 108 dólares, más viaje 650 dólares. / 2.046

C. Directora ejecutiva: 2.992 dólares

Siete días de dietas (fechas de viaje: 4 a 11 de junio, 212 dólares por siete), y más gastos de salida y llegada, 108 dólares más viaje 1.400 dólares.

D. Varios

Envío de documentos y equipo Atenas/Barcelona/Atenas (incluida la exhibición del PNUMA/PAM) / 4.340

Más 10 por 100 para imprevistos (incluidas horas extraordinarias de los mecanógrafos temporeros) / 16.105

Coste total (en efectivo) / 180.450

El presente Canje de Cartas, según se establece en su punto 21, se aplica provisionalmente desde el 13 de junio de 1995, fecha de su firma por el Representante Permanente de España ante el PNUMA.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 21 de julio de 1995.-El Secretario general Técnico, Antonio Bellver Manrique.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 13/06/1995
  • Fecha de publicación: 21/09/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 13/06/1995
  • Aplicación provisional desde el 13 de junio de 1995.
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 21 de julio de 1995.
Referencias anteriores
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Contaminación de las aguas
  • Mar
  • Medio ambiente
  • Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente

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