En virtud de lo establecido en el artículo 3.º de la Ley del Monopolio Fiscal de Tabacos, se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en expendedurías de tabaco y timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores:
Primero.-Los precios de venta al público de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de la península e islas Baleares, serán los siguientes:
Precio total de venta al público Pesetas unidad
A) Cigarros y cigarritos
La Dalia. Don Julián Mini / 35
Vega Fina Delicias / 20
B) Picadura para liar
Roll (bolsa de 40 gramos) / 210
Segundo.-Los precios de venta al público, incluidos los diferentes tributos, de los cigarros que se indican a continuación en expendedurías de tabaco y timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:
Precio total de venta al público Pesetas unidad
Cigarros
Tabacos meridionales
Chicos / 110
Diplomáticos / 285
Elegantes / 145
Emperador / 245
Especiales / 170
Presidentes / 255
Selectos / 265
Tercero.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de septiembre de 1995.-El Delegado del Gobierno, Jaime Sanmartín Fernández.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid