Edukia ez dago euskaraz
La entidad «Consolidated Insurance España, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», inscrita en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras previsto en el artículo 40 de la Ley 33/1984, de Ordenación del Seguro Privado, ha presentado en la Dirección General de Seguros solicitud de autorización para operar en el ramo de enfermedad, número 2 de los relacionados en el artículo 3.º, sobre clasificación de ramos en seguros distintos del de vida, de la Orden de 7 de septiembre de 1987 por la que se desarrollan determinados preceptos del Reglamento de Ordenación del Seguro Privado («Boletín Oficial del Estado» del 14).
De la documentación que adjunta la entidad a la solicitud formulada se desprende que «Consolidated Insurance España, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», ha dado cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente.
En consecuencia, este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de Seguros, ha acordado:
Autorizar a la entidad «Consolidated Insurance España, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», para operar en el ramo de enfermedad, conforme a lo establecido en el número 1 del artículo 15 del Reglamento de Ordenación del Seguro Privado, Real Decreto 1348/1985, de 1 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 3, 5 y 6).
Lo que comunica a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 27 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Alfredo Pastor Bodmer.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril