Visto el expediente de indulto de doña Gabriela Pilar Garzón Sánchez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Decimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 22 de noviembre de 1991, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor y multa de 1.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el 4 de diciembre de 1989; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de septiembre de 1995,
Vengo en indultar a doña Gabriela Pilar Garzón Sánchez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Palma de Mallorca a 1 de septiembre de 1995. JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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