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Documento BOE-A-1995-20014

Resolución de 24 de julio de 1995, del Departamento de Cultura, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 11 de julio de 1995, de reclasificación del jardín botánico de «Mar í Murtra», en Blanes, como bien cultural de interés nacional, en la categoría de jardín histórico.

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 22 de agosto de 1995, páginas 26077 a 26078 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1995-20014

TEXTO ORIGINAL

Considerando que, en fecha 11 de julio de 1995, el Gobierno de la Generalidad de Cataluña reclasificó el jardín botánico de «Mar i Murtra», en Blanes (Selva), como bien cultural de interés nacional, en la categoría de jardín histórico;

De acuerdo con lo que establece el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, resuelvo que se publique íntegramente en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» el Acuerdo del Gobierno de 11 de julio de 1995, de reclasificación del jardín botánico de «Mar i Murtra», en Blanes (Selva), como bien cultural de interés nacional, en la categoría de jardín histórico.

Barcelona, 24 de julio de 1995.-El Consejero, Joan Guitart i Agell.

ACUERDO DE 11 DE JULIO DE 1995, DEL GOBIERNO DE LA GENERALIDAD, DE RECLASIFICACION DEL JARDIN BOTANICO DE «MAR I MURTRA», EN BLANES (SELVA), COMO BIEN CULTURAL DE INTERES NACIONAL, EN LA CATEGORIA DE JARDIN HISTORICO

El jardín botánico de «Mar i Murtra», en Blanes (Selva), está protegido por la declaración de paraje pintoresco de determinados sectores de la Costa Brava, efectuada por Decreto de 15 de septiembre de 1972, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 24 de octubre;

Considerando que la disposición adicional quinta de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, establece que los parajes pintorescos incoados o declarados de conformidad con el procedimiento regulado por la Ley de 13 de mayo de 1933, de defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional, deberán ser reclasificados a favor de alguna de las figuras establecidas por el artículo 7 de la misma Ley o por la legislación sobre espacios naturales, en el plazo de tres años desde la entrada en vigor de dicha Ley;

Visto el informe de la Dirección General del Patrimonio Cultural sobre la conveniencia de declarar este lugar bien cultural de interés nacional con la categoría de jardín histórico y que pone de manifiesto que no es necesaria la delimitación de un entorno de protección;

Considerando que, de acuerdo con los artículos 14, 15 y 16 de la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico, legislación vigente cuando se tramitó la declaración de paraje pintoresco, en todo expediente para la declaración de paraje pintoresco era necesario el informe vinculante de una o dos, según los casos, de las instituciones consultivas que indican los preceptos citados, por lo que se puede considerar cumplido el trámite previsto en el artículo 8.3 de la Ley 9/1993, del Patrimonio Cultural Catalán;

Considerando que se ha dado audiencia a los interesados y al Ayuntamiento;

A propuesta del Consejero de Cultura, el Gobierno acuerda reclasificar el jardín botánico de «Mar i Murtra», en Blanes (Selva), como bien cultural de interés nacional, en la categoría de jardín histórico, según la descripción y ubicación que figuran en el anexo de este Acuerdo.

La delimitación del jardín histórico queda grafiada en el plano que se publica con este Acuerdo.

ANEXO AL ACUERDO

El jardín botánico de «Mar i Murtra» ocupa un lugar privilegiado en el lado este del morro que prolonga la colina de Sant Joan hasta la punta de Santa Anna, al norte de la playa de Blanes, donde los acantilados majestuosos asoman al Mediterráneo.

El origen de los jardines y parques botánicos habría que buscarlo en los claustros y los huertos de los monasterios medievales. Con la Ilustración evolucionan, y el campo de la botánica medicinal da paso al de la botánica descriptiva y la especialización por la agrupación de especies.

En 1921, el botánico alemán Karl Faust (1874-1952) inició la formación del jardín con la aclimatación de plantas exóticas de los cinco continentes, hasta que consiguió más de 3.500 especies. Colaboró con Faust el botánico catalán Pius Font i Quer, y se formó una biblioteca especializada, un laboratorio experimental y un herbario. A la muerte del fundador se creó un patronato que cuida el conjunto.

«Mar i Murtra» es un excelente ejemplo no sólo de los jardines botánicos que aparecen a principios de siglo en la costa mediterránea, en Francia y en Italia, sino también del jardín paisajístico adaptado al lugar.

El jardín ofrece un recorrido encantador donde la belleza del lugar se combina con la exuberancia y la variedad de la vegetación y la presencia cercana del mar. Los elementos arquitectónicos de apoyo son pocos pero significativos, como son la casa pérgola en el interior sobre la entrada y el templete mirador que da al mar.

Caminos, plazuelas, escaleras y estanques acompañan al visitante por un itinerario marcado. Todos estos elementos hacen de «Mar i Murtra» una institución de excepcional valor científico y pedagógico.

(PLANO OMITIDO)

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