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Documento BOE-A-1995-18752

Orden de 11 de julio de 1995 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 4/292/94, interpuesto contra este Departamento por doña Eduviges Arranz Criado.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 4 de agosto de 1995, páginas 24233 a 24233 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1995-18752

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia dictada con fecha de 23 de febrero de 1995 por la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 4/292/1994, promovido por doña Eduviges Arranz Criado, contra resolución expresa de este Ministerio desestimatoria de la solicitud de las ayudas sociales previstas en el Real Decreto-ley 9/1993, de 28 de mayo, a los afectados por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), como consecuencia de actuaciones realizadas en el sistema sanitario, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallamos: Desestimar el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de doña Eduviges Arranz Criado, contra la Resolución del Subsecretario de Sanidad y Consumo, dictada por delegación, en fecha 24 de enero de 1994, que denegó a la interesada las ayudas solicitadas al amparo del Real Decreto-ley 9/1993, de 28 de mayo, por ser dicha Resolución, en los extremos examinados, conforme a derecho.

Sin expresa imposición de costas.»

Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

Madrid, 11 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.

Ilmo. Sr. Director general de Servicios e Informática.

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