Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 18 de abril de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 684/1992, promovido por «Quesos Prama», sobre sanción por infracción en materia de productos lácteos; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo número 684/1992, interpuesto por el Procurador don Rafael Torrente Ruiz, posteriormente don Ignacio Argo Linares, en nombre y representación de don Amador Prado Benítez, que actúa en calidad de Gerente de Fábrica de ''Quesos Prama'', contra la Orden del excelentísimo señor Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de septiembre de 1989, en cuanto desestimatoria del recurso de alzada entablado frente a la Resolución de la Dirección General de Política Alimentaria de 11 de julio de 1988, por la que se impone a ''Quesos Prama'', una sanción de 100.000 pesetas por una infracción y una sanción de 200.000 pesetas por otra infracción, en total 300.000 pesetas, debemos declarar y declaramos la nulidad de pleno derecho de las Resoluciones impugnadas por incompetencia del órgano autor de las mismas, debiendo remitirse las actuaciones inspectoras como actividad colaboradora de denuncia, a los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria, para que, si procede, substancie el oportuno procedimiento sancionador. Sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 10 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Secretario del Departamento y Director general de Política Alimentaria.
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