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Documento BOE-A-1995-18720

Resolución de 30 de junio de 1995, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, referente al expediente de marca número 1.304.847, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 256-93-04, promovido por «Laboratorios del Doctor Esteve, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 4 de agosto de 1995, páginas 24204 a 24204 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1995-18720

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 256-93-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Laboratorios del Doctor Esteve, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 6 de mayo de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 21 de agosto de 1992, se ha dictado, con fecha 21 de abril de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña María del Carmen Ortiz Cornago, en nombre y representación de ''Laboratorios del Doctor Esteve, Sociedad Anónima'', contra las resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de fechas 6 de mayo de 1991 y 21 de agosto de 1992, esta última desestimatoria del recurso de reposición, cuyas resoluciones confirmamos, por ser conformes a Derecho; sin especial pronunciamiento sobre costas.»

En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. S.

Madrid, 30 de junio de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.

Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

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