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Documento BOE-A-1995-16503

Resolución de 22 de junio de 1995, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto de la Juventud y la Consejería de Educación, Cultura, Deportes y Juventud del Principado de Asturias.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 7 de julio de 1995, páginas 20898 a 20899 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1995-16503

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose firmado el día 23 de mayo de 1995 un Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto de la Juventud y la Consejería de Educación, Cultura, Deportes y Juventud del Principado de Asturias, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a la presente Resolución.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 22 de junio de 1995.-El Subsecretario, Javier Valero Iglesias.

CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL INSTITUTO DE LA JUVENTUD, ORGANISMO AUTONOMO DEL MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES, Y LA CONSEJERIA DE EDUCACION, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

En Madrid, a 23 de mayo de 1995,

REUNIDAS

La ilustrísima señora doña Rosa Escapa Garrachón, Directora general del Instituto de la Juventud, en cuya representación actúa, de acuerdo con las competencias que tiene atribuidas por el artículo 29 del Real Decreto 565/1985, de 24 de abril, y

La excelentísima señora doña Amelia Valcárcel Bernaldo de Quirós, Consejera de Educación, Cultura, Deportes y Juventud del Principado de Asturias, en cuya representación actúa, de acuerdo con las competencias que tiene atribuidas en el capítulo octavo, artículo 38 de la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.

EXPONEN

Que ambas instituciones en atención con los mandatos contenidos en los artículos 43.3 y 48 de la Constitución y en el artículo 13.30 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias se han fijado el objetivo común de promover actuaciones que contribuyan al desarrollo de hábitos de vida sanos, a la prevención y promoción de la salud para toda la población, especialmente entre los jóvenes, y al desarrollo de la igualdad de oportunidades y la participación, a través de un sistema de información congruente con dicho objetivo.

Que, en la actualidad, ciertas cuestiones de indudable trascendencia social, relativas a la prevención de las causas y consecuencias del alcoholismo, demandan programas de actuación prioritaria y de amplia perspectiva.

Sobre este particular se señala la incidencia que este problema tiene en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por cuanto que figura a la cabeza de la siniestralidad y mortalidad de jóvenes en accidentes de tráfico producidos por el consumo excesivo de alcohol.

Que el Plan Integral de Juventud del Principado de Asturias (1992-1996) establece una serie de medidas mediante las cuales la Dirección Regional de Juventud realizará programas específicos de prevención, vinculados al consumo de alcohol, y de consolidación de la Red Asturiana de Información Juvenil para permitir a los y las jóvenes el acceso igualitario a la información y, dentro de ésta, poder ser beneficiarios de los efectos que indudablemente producirán las campañas sobre la prevención del alcoholismo.

Que entre los objetivos del Instituto de la Juventud quedan recogidos, dentro de sus áreas de actuación de «Autonomía» (medida 1.6), «Salud y prevención» (medidas 3.3 y 3.4) y «Participación» (medida 5.4), tanto la prevención del consumo de alcohol, como el perfeccionamiento de los centros de información juvenil y, mediante este perfeccionamiento, el ampliar y mejorar la información y orientación profesional de la juventud.

Que, además, la política del Instituto de la Juventud se centra en practicar la cooperación interadministrativa y en buscar la convergencia en todo lo que sea beneficioso para la juventud. Por lo cual se hace necesario favorecer actuaciones conjuntas que aborden temas que afectan a los jóvenes y que requieren un tratamiento global.

En consecuencia, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio de colaboración con arreglo a las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.-El presente Convenio tiene por objeto la realización de las acciones que a continuación se indican:

I. Desarrollo de un programa de prevención del consumo de alcohol entre los jóvenes asturianos.

Este programa comprende la realización de las siguientes acciones:

1. Campaña de sensibilización, a través de diversos medios.

2. Creación de espacios sin alcohol (zumoespacios) en lugares de encuentro de jóvenes.

3. Formación de monitores de tiempo libre para el tratamiento del consumo de drogas y alcohol en las actividades de verano de la Dirección Regional de la Juventud.

4. Seminario sobre convivencia ciudadana

5. Subvenciones al movimiento asociativo juvenil asturiano para el desarrollo de los programas dirigidos a los y las jóvenes sobre educación para la salud.

6. Formación de formadores en el área de promoción de la salud, en colaboración con las oficinas de información juvenil.

7. Intervención comunitaria en el ámbito municipal.

II. Programa de información Juvenil.

1. Puesta en marcha del programa «CODALI», proyecto piloto e innovador, en cuanto a la gestión informatizada de la información juvenil, a través del cual se experimentará un sistema telemático para facilitar el acceso a dicha información.

2. Completar la Red de Oficinas de Información Juvenil abriendo nuevas oficinas en las zonas rurales de las Mancomunidades del Noroccidente y del Valle del Trubia, con cuyos Ayuntamientos se firmarán, a su vez, los oportunos convenios para la apertura y puesta en marcha de las referidas oficinas.

A través de la susodicha Red, se apoyará de un modo específico y prioritario la difusión de cuanto se relaciona con la ejecución del programa contemplado en el apartado I de la presente cláusula.

Este programa se desarrollará a través de la Dirección Regional de la Juventud y de otras entidades del Principado de Asturias.

Segunda.-Para la realización de estos Programas las partes firmantes del presente Convenio se comprometen a lo siguiente:

1. El Instituto de la Juventud se compromete a hacer una aportación económica de 9.000.000 de pesetas, de sus presupuestos vigentes para 1995 con cargo a la aplicación presupuestaria 27.208.323A.226.10.

Este crédito económico ha de ser aplicado dentro del mencionado año presupuestario, y la cantidad aportada será librada «en firme, previa cuenta».

2. Para llevar a cabo las acciones señaladas en la estipulación primera, la mencionada Consejería se compromete a realizar, a través de su Dirección Regional de Juventud, una aportación económica de 46.350.000 pesetas, con cargo a sus aplicaciones presupuestarias 15.05.323A.226.06; 15.05.323A.460 y 15.05.323A.480 y 15.05.3222D.480.

Esta cantidad irá con cargo a los presupuestos de la citada Consejería para 1995.

3. La distribución de las aportaciones a que se refieren los dos apartados precedentes se especifica en el anexo del presente Convenio.

Tercera.-En todas aquellas acciones a que se refiere el presente Convenio que impliquen difusión, ya sea impresa o por cualquier otro medio, y en la que figure el logotipo de la Consejería de Educación, Cultura, Deportes y Juventud y/o Dirección Regional de Juventud deberá incorporarse de forma visible el logotipo institucional del Ministerio de Asuntos Sociales (Instituto de la Juventud).

Cuarta.-Se constituye una Comisión de Seguimiento y Control para llevar a cabo las funciones contempladas en el presente Convenio y, en especial, las de supervisión y evaluación de los distintas acciones reflejadas en el mismo.

La Comisión estará compuesta por dos representantes de cada institución.

Quinta.-El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y estará vigente hasta la finalización del año 1996.

Sexta.-El presente Convenio tiene naturaleza jurídico-administrativa, por lo que la jurisdicción contencioso-administratíva será la competente para conocer de cuantos litigios puedan derivarse del Convenio.

Y para que así conste, en prueba de conformidad con lo anterior, las partes firman el presente Convenio en el lugar y fecha expresados, en dos ejemplares, que hacen fe.-Por el Instituto de la Juventud, Rosa Escapa Garrachón.-Por la Consejería de Educación, Cultura, Deportes y Juventud, Amelia Valcárcel Bernaldo de Quirós.

ANEXO QUE SE CITA

Distribución de las aportaciones de cada una de las partes

I. Desarrollo del programa de Prevención del Consumo de Alcohol.

1. Por el Instituto de la Juventud, con cargo a su aplicación presupuestaria 27.208.323A-226.10:

A) Campaña de Comunicación (camisetas): 1.000.000 de pesetas.

B) Creación de espacios sin alcohol: 1.000.000 de pesetas (zumoespacios).

Publicidad.

Gastos de montaje.

Total de la aportación del Instituto: 2.000.000 de pesetas.

2. Por parte de la Consejería de Educación, Cultura, Deportes y Juventud, con cargo a su aplicación presupuestaria 15.05.323A-226.06 y 480 y 15.05.323D.480:

A) Formación de monitores de tiempo libre: 850.000 pesetas.

B) Seminario sobre convivencia ciudadana: 400.000 pesetas.

C) Subvenciones al movimiento asociativo juvenil para el desarrollo de los programas: 2.600.000 pesetas.

D) Convenio con Cruz Roja Juventud para el desarrollo de estos programas: 4.000.000 de pesetas.

Total de la aportación de la Consejería: 7.850.000 pesetas.

Total de la aportación del programa de prevención del consumo de alcohol: 9.850.000 pesetas.

II. Desarrollo del programa de Información Juvenil:

1. Por parte del Instituto de la Juventud, con cargo a su aplicación presupuestaria 27.208.323A.226.10: 7.000.000 de pesetas:

A) Colaboraciones eventuales prestadas por informadores juveniles.

B) Suministros.

Total aportación del Instituto: 7.000.000 de pesetas.

2. Por parte de la Consejería de Educación, Cultura, Deportes y Juventud, con cargo a su aplicación presupuestaria 15.05.323A.460:

A) Transferencias corrientes a los Ayuntamientos para el desarrollo de los convenios sobre oficinas de información juvenil: 38.500.000 pesetas.

Total de la aportación de la Consejería: 38.500.000 pesetas.

Total de las aportaciones del Programa de Información Juvenil: 45.500.000 pesetas.

Las aportaciones totales de ambas instituciones para la realización de las acciones a que se refiere el presente Convenio de colaboración asciende a la cantidad de 55.350.000 pesetas.

Por el Instituto de la Juventud, Rosa Escapa Garrachón.-Por la Consejería de Educación, Cultura, Deportes y Juventud, Amelia Valcárcel Bernaldo de Quirós

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