Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 13 de octubre de 1994, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.522/1991, promovido por «Refinería Física, Sociedad Anónima» (REFINESA), sobre sanción por infracción administrativa en materia de grasas comestibles; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales señor Granizo Palomeque, en nombre y representación de ''Refinería Física, Sociedad Anónima'' (REFINESA), contra la Resolución de fecha 2 de enero de 1991, de la Dirección General de Política Alimentaria, confirmada en alzada por acuerdo del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación de fecha 12 de junio de 1991, debemos anular y anulamos las citadas resoluciones por no ser conformes a Derecho.
No ha lugar a hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas en esta instancia.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 14 de junio de 1995.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Política Alimentaria.
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