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Documento BOE-A-1995-16030

Resolución de 6 de junio de 1995, de la Subsecretaría, por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo sobre sanción de multa de 1.000.001 pesetas por infracción del artículo 24.1 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 1 de julio de 1995, páginas 20206 a 20207 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-16030

TEXTO ORIGINAL

En la pieza separada de suspensión dimanante del recurso contencioso-administrativo número 652/1994, interpuesto por la representación procesal de «Osborne y Cía., Sociedad Anónima», ante el Tribunal Supremo, contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 4 de febrero de 1994, relativo a sanción de multa de 1.000.001 pesetas por infracción del artículo 24.1 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, se ha dictado auto, en fecha 15 de noviembre de 1994, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«La Sala dijo: Se suspende la ejecución del Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 4 de febrero de 1994, por el cual se sancionó a la entidad "Osborne y Cía., Sociedad Anónima", con una multa de 1.000.001 pesetas por infracción del artículo 24.1 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, y se dispuso la retirada de la figura de toro negro a que se refiere este proceso. Sin costas.»

Esta Subsecretaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 125, en relación con el 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos el referido auto.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.

Madrid, 6 de junio de 1995.-El Subsecretario, Antonio Llardén Carratalá.

Ilmo. Sr. Director general de Carreteras.

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