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Documento BOE-A-1995-1492

Orden de 16 de diciembre de 1994 por la que se concede la autorización definitiva de apertura y funcionamiento al centro privado de educación Especial «La Luz», de León.

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 19 de enero de 1995, páginas 1863 a 1863 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-1492

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de doña Telesfora García Blanco, en representación de la Asociación Leonesa de Ayuda a la Parálisis Cerebral (ASPACE), en solicitud de autorización para la apertura y funcionamiento de un centro privado de Educación Especial que se denominaría «La Luz», a ubicar en carretera de Carbajal, sin número, pabellón San José de la C.R.I.S.C., de León,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Conceder autorización definitiva de apertura y funcionamiento al centro privado de Educación Especial, cuyos datos se detallan a continuación:

Denominación: «La Luz». Localidad: León. Municipio: León. Provincia: León. Domicilio: Carretera de Carbajal, sin número, pabellón San José de la C.R.I.S.C. Persona o entidad titular: ASPACE (Asociación Leonesa de Ayuda a la Parálisis Cerebral).

Queda constituido el centro de la siguiente forma:

Dos unidades de Educación Especial para alumnos de tres a seis años.

Tres unidades de Educación Especial para alumnos de seis a dieciséis años.

Dos unidades de Formación Profesional Especial, modalidad Aprendizaje de Tareas, rama Artes Aplicadas, profesión Encuadernación y Artes Gráficas.

El Centro deberá cumplir lo dispuesto en la Orden de 18 de septiembre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 2 de octubre), por la que se establecen las proporciones profesionales/alumnos en la atención educativa de los alumnos con necesidades especiales.

Segundo.-El Centro deberá cumplir la norma básica de la edificación NBE CPI/91 de condiciones de protección contra incendios de los edificios aprobados por el Real Decreto 279/1991, de 1 de marzo.

Contra esta Orden, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58, de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956 y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que le comunico para su conocimiento.

Madrid, 16 de diciembre de 1994.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28).-El Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

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