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Documento BOE-A-1995-14849

Resolución de 8 de mayo de 1995, del Departamento de Cultura, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña de 18 de abril de 1995 de delimitación del entorno de protección del castillo de Esclanyá, en Begur.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 1995, páginas 18353 a 18353 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1995-14849

TEXTO ORIGINAL

Considerando que en fecha 18 de abril de 1995, el Gobierno de la Generalidad de Cataluña delimitó el entorno de protección del castillo de Esclanyà, en Begur.

De acuerdo con lo que establece el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, resuelvo:

Que se publique íntegramente en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» el Acuerdo del Gobierno de 18 de abril de 1995, de delimitación del entorno de protección del castillo de Esclanyà, en Begur.

Barcelona, 8 de mayo de 1995.-El Consejero de Cultura, Joan Guitart i Agell.

ANEXO

«Acuerdo de 18 de abril de 1995, del Gobierno de la Generalidad, de delimitación del entorno de protección del castillo de Esclanyà, en Begur;

Visto que en virtud de la disposición adicional 1.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, el castillo de Esclanyà, en Begur (Baíx Empordà), tiene la condición de bien cultural de interés nacional;

Visto que el Departamento de Cultura, por Resolución de 7 de junio de 1994 ("Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", número 1.913, del 27 y "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", número 1.914, del 29), incoó expediente de delimitación del entorno de protección del castillo de Esclanyà;

Considerando que se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 8/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán;

Vistos los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Instituto de Estudios Catalanes.

A propuesta del Consejero de Cultura, el Gobierno acuerda:

Delimitar el entorno de protección del castillo de Esclanyà, en Begur, cuya justificación figura en el anexo de este Acuerdo y que queda grafiado en el plano que se publicó en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña½, número 1914, de 29 de junio de 1994, como anexo de la Resolución de 7 de junio de 1994, de incoación de expediente de delimitación.»

ANEXO

Justificación del entorno de protección

Esclanyà está constituido por un reducido y compacto grupo de masías que se edificaron entre los siglos XVI y XVIII agrupadas alrededor de la iglesia y del castillo y situadas entre éste y la riera.

No se puede prescindir de esta percepción unitaria del núcleo alrededor del castillo ya que forma parte del impacto global que la visualización del monumento pueda causar.

Este criterio hace que la delimitación del entorno de protección del castillo se ajuste a la delimitación del suelo urbano del planeamiento urbanístico, por lo que se refiere a todo el núcleo de Esclanyà, hasta el camino sin nombre situado al oeste y que sirve de acceso al pueblo desde la cota 75.

Así la línea de delimitación se ajusta hacia el norte al contorno de las masías que limitan el pueblo de Esclanyà, sigue dicho camino sin nombre por su margen oeste, a partir del cual el terreno desciende y se pierde la visión del pueblo y por el lado sur permite una correcta visualización de todo el conjunto siguiendo el margen de la carretera de Begur a Palafrugell y recogiendo los dos caminos sin nombre que limitan Esclanyà al este y al norte.

De esta manera, todo el paquete de suelo que rodea el pueblo de Esclanyà queda incluido en el entorno de protección del castillo, ya que cualquier actuación que se pudiera hacer en estas zonas anexas podría deteriorar la percepción del monumento, si no se hace de una forma controlada.

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