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Documento BOE-A-1995-14780

Decreto 95/1995 de 18 de mayo por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, a favor de las ruinas del Hospital de La Magdalena, en Fuentidueña (Segovia).

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 1995, páginas 18280 a 18280 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1995-14780

TEXTO ORIGINAL

Fundado en 1540, y en uso hasta mediados del siglo XIX, las ruinas de este hospital renacentista evidencian su enorme importancia y calidad estilística, y constituyen singular testimonio del desarrollo de las instituciones asistenciales en los siglos XVI-XVII.

La Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, por Resolución de 25 de marzo de 1982, incoó expediente de declaración, como Monumento Histórico-Artístico, a favor de Las Ruinas del Hospital de la Magdalena, en Fuentidueña (Segovia).

La Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, la Real Academia de la Historia y la Universidad de Valladolid, informan favorablemente la declaración.

De conformidad con lo establecido en el artículo 1 y 2 del Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en materia de Patrimonio Histórico en la Comunidad de Castilla y León, el Consejero de Cultura y Turismo ha propueso declarar bien de interés cultural dicho inmueble con la categoría de monumento, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, y Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, visto el Informe de la Asesoría Jurídica de esta Consejería, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 18 de mayo de 1995, dispongo:

Artículo 1.

Se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, las Ruinas del Hospital de La Magdalena, en Fuentidueña (Segovia).

Artículo 2.

La delimitación del entorno de protección, está definido por una línea continua y cerrada, que, recorriendo el eje de la calle Hospital, sigue por la prolongación de la travesía de la carretera hacia el camino que va a los restos de murallas, sigue por este camino hasta la altura de la perpendicular al mismo por el vértice sur de la manzana 81844, englobando la totalidad de sus parcelas, así como las de la manzana 81858.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, contado a partir de su publicación, y recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición previo, o en el plazo de un año, si la resolución expresa no se produjera en el plazo de un mes.

Valladolid, 18 de mayo de 1995.-El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan José Lucas Jiménez.-El Consejero de Cultura y Turismo, Emilio Zapatero Villalonga.

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