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Documento BOE-A-1995-14763

Orden de 30 de mayo de 1995 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de abril de 1995 en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo número 1/2.578/1991, interpuesto por don Mariano Baselga Mantecón y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 1995, páginas 18273 a 18273 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1995-14763

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/2.578/1991, interpuesto por Mariano Baselga Mantecón, don Carlos Manuel Fernández-Shaw Baldesano, don Juan de Luis Camblor, don Juan Ignacio Tena Ybarra, don Fernando Hevia Cangas y don Ernesto García Mateo, contra las resoluciones del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 1990 y 22 de marzo y 4 y 18 de octubre de 1991, desestimatorias de la reclamación de daños y perjuicios formulada por los recurrentes como consecuencia de haber sido anticipada la edad de jubilación, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Sexta), con fecha 30 de enero de 1995, sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo número 2.578 de 1991, promovido por la Procuradora doña María Gracia Garrido Entrena, en la representación que ostenta, contra las resoluciones del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 1990 y 22 de marzo y 4 y 18 de octubre de 1991, desestimatorias de la reclamación de daños y perjuicios formulada por los recurrentes como consecuencia de haber sido anticipada la edad de jubilación, cuyas determinaciones administrativas confirmamos, por resultar ajustadas al ordenamiento, y no hacemos pronunciamiento especial sobre las costas causadas.»

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 21 de abril de 1995, ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Madrid, 30 de mayo de 1995.-El Ministro, P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

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