El Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 9 de febrero de 1994, condenó a don Clemente Brito Hernández, funcionario del Cuerpo de Auxiliares Postales y de Telecomunicación -Escala de Clasificación y Reparto-, A13TC33364, como autor criminalmente responsable de un delito de malversación de caudales públicos a la pena de un año de prisión menor e inhabilitación absoluta por seis años y un día y las accesorias legales.
Como consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 37.1.d) de la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado de 7 de febrero de 1964 y artículo 35.1 del Código Penal, en cuanto a los efectos de la pena de inhabilitación absoluta,
Este Ministerio dispone la pérdida de la condición de funcionario de don Clemente Brito Hernández.
Madrid, 16 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 24 de abril de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de mayo), la Secretaria general de Comunicaciones, Elena Salgado Méndez.
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