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Documento BOE-A-1995-13024

Orden de 29 de marzo de 1995 por la que se modifica la autorización concedida al centro concertado de Educación Especial «El Alba», de Burgos.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 31 de mayo de 1995, páginas 15887 a 15888 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-13024

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado a instancia de don Angel Barquín Gutiérrez, en representación de la titularidad del centro concertado de Educación Especial «El Alba», sito en la calle Las Torres, sin número, de Burgos, en solicitud de modificación de la autorización, en el sentido de ampliar una unidad de Educación Especial para alumnos de seis a dieciséis años.

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización concedida al centro de Educación Especial, cuyos datos se detallan a continuación, en el sentido de ampliar una unidad de Educación Especial para alumnos de seis a dieciséis años:

Denominación: «El Alba».

Localidad: Burgos.

Municipio: Burgos.

Provincia: Burgos.

Domicilio: Calle Las torres, sin número.

Persona o entidad titular: Asociación de Padres de Niños Autistas de Burgos.

Queda, por tanto, constituido el centro de la siguiente manera:

Cuatro unidades de Educación Especial para alumnos de seis a dieciséis años.

Una unidad de Formación Profesional Especial, modalidad Aprendizaje de tareas, rama Piel, profesión Marroquinería.

Segundo.-El centro cuya autorización se modifica está acogido al régimen de conciertos educativos y, en consecuencia, la puesta en funcionasmiento de la unidad que se amplía por la presente Orden debe entrar en las previsiones que, fruto de la planificación efectuada, haya hecho la Administración para atender suficientemente las necesidades de escolarización.

En consecuencia, la unidad citada sólo podrá entrar en funcionamiento previa modificación del concierto educativo que el centro tiene suscrito, modificación que se tramitará según lo dispuesto en el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos y normas que lo desarrollan.

Tercero.-El Centro deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE CPI/91 de condiciones de protección contra incendios de los edificios, aprobada por el Real Decreto 279/1991, de 1 de marzo.

Contra esta Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico para su conocimiento y efectos.

Madrid, 29 de marzo de 1995.-P. D. (Orden de 2 de marzo de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 4), la Directora general de Centros Escolares, Carmen Maestro Martín.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Régimen Jurídico de los Centros.

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