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Documento BOE-A-1995-13022

Orden de 26 de abril de 1995 por la que se modifica la capacidad del centro privado de Bachillerato «San José», de Ciudad Real, por ampliación de unidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 31 de mayo de 1995, páginas 15887 a 15887 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-13022

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de doña Natividad Amatriaín Ferrer, en su calidad de representante de la titularidad del centro docente privado de Bachillerato denominado «San José», con domicilio en la calle Calatrava, número 15, de Ciudad Real, en solicitud de modificación de su autorización por ampliación de unidades.

Este Ministerio ha dispuesto:

Conceder la ampliación de tres unidades con 101 puestos escolares al centro que se relaciona a continuación, que queda configurado de la forma siguiente:

Provincia: Ciudad Real. Municipio: Ciudad Real. Localidad: Ciudad Real. Denominación: «San José». Domicilio: Calle Calatrava, número 15. Titular: Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl. Clasificación con carácter definitivo como centro homologado de Bachillerato con 11 unidades y 421 puestos escolares, modificándose la Orden de 14 de noviembre de 1978, en cuanto a la capacidad. Los nuevos datos se inscribirán en el Registro de Centros.

Lo anterior se entiende sin perjuicio de la obligación del centro de adaptarse, en cuanto al número de puestos escolares y relación máxima Profesor/alumnos por unidad escolar, a lo dispuesto en el citado Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio.

Asimismo, el centro deberá proceder a la sustitución de las enseñanzas a que se refiere esta Orden por las previstas en la disposición adicional octava 2.c) de la Ley Orgánica 1/1990, en la forma y plazos que se determinan en el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.

El centro habrá de solicitar la oportuna revisión cuando haya variación de los datos que se especifican en la presente Orden, especialmente en cuanto a su capacidad, que no podrá sobrepasar sin nueva autorización.

Contra esta Orden podrá interponerse ante la Audiencia Nacional recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde su notificación, previa comunicación a este Departamento, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y en el artículo 110, apartado 3, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 26 de abril de 1995.-P. D. (Orden de 2 de marzo de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 4), la Directora general, Carmen Maestro Martín.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Régimen Jurídico de los Centros.

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