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Documento BOE-A-1995-12903

Orden de 16 de mayo de 1995 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo 23.621, promovido por doña Magdalena Darder Segui.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 30 de mayo de 1995, páginas 15788 a 15788 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-12903

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia, con fecha 14 de marzo de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 23.621 en el que son partes, de una, como demandante doña Magdalena Darder Seguí, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del antiguo Ministerio de la Presidencia de fecha 18 de junio de 1982, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto, contra la Resolución del citado Departamento de fecha 24 de julio de 1980, sobre integración en el Cuerpo General Administrativo.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Martín Palacín, en nombre y representación de doña Magdalena Darder Seguí, primero, y de don Felipe de la Fuente Lozano, don Felipe, doña Magdalena, don Bartolomé y doña María Luisa de la Fuente Darder, después, como causahabientes de la anterior, contra la Resolución del Ministerio de la Presidencia del Gobierno de 18 de junio de 1982, y declaramos:

Primero.-Que la resolución impugnada no es conforme a Derecho y la anulamos, así como los actos de que trae causa.

Segundo.-Que procede la integración de doña Magdalena Darder Seguí en el Cuerpo General Administrativo, con efecto de 30 de abril de 1980, con las consecuencias jurídicas y económicas que de ello se derivan.

Tercero.-Que no se hace expresa imposición de costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 16 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992 «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

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