En el recurso contencioso-administrativo número 1068/92, interpuesto por estación de servicio «Los Llanos, Sociedad Limitada», contra resolución de la Dirección General de la Energía, de 27 de julio de 1990, confirmada en alzada por resolución de 6 de abril de 1992, se ha dictado con fecha de 10 de noviembre de 1994, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Rafael Ortiz de Solozarno, en nombre y representación de la entidad estación de servicio "Los Llanos, Sociedad Limitada", contra la resolución dictada por la Dirección General de la Energía de fecha 27 de julio de 1990, confirmada en alzada por resolución dictada por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de fecha 6 de abril de 1992 y en consecuencia, debemos declarar y declaramos la conformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico, debiendo ser confirmadas. No se hace especial pronunciamiento sobre las costas procesales causadas en esta instancia, al no apreciarse temeridad ni mala fe en ninguna de las partes. Así, por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Ministerio de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y demás preceptos de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien a disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 8 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 30 de mayo de 1991 «Boletín Oficial del Estado» de 13 de junio), el Subsecretario, Juan Carlos Girbau García.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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