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Documento BOE-A-1995-1202

Resolución de 20 de diciembre de 1994, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Administrativa de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 17 de enero de 1995, páginas 1543 a 1545 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1995-1202

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Parlamento de Andalucía 4/1993, de 1 de julio, de Creación de la Universidad de Huelva, y con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios, esta Presidencia de la Comisión Gestora, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 7 de la citada Ley y en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3,e) de la misma norma, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Administrativa de la Universidad de Huelva, con arreglo a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Número de plazas convocadas.-Se convocan pruebas selectivas para cubrir 26 plazas en la Escala Administrativa de la Universidad de Huelva. Dichas plazas se cubrirán por el sistema de promoción interna prevista en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y Ley 22/1993, de 29 de diciembre.

1.2 Disposiciones aplicables.-La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases de la misma Ley 30/1984, de 2 de agosto, y demás disposiciones de aplicación.

1.3 Elección de destinos.-La elección de las plazas incluidas en la base 1.1 se realizará por los aspirantes aprobados según el orden de puntuación obtenida.

No obstante, los aspirantes aprobados podrán solicitar que se les adjudique destino en el puesto que vinieran desempeñando, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la relación de puestos de trabajo.

En este caso, quedarán excluidos del sistema de adjudicación de destinos por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

1.4 Sistema de selección.-El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición.

a) La fase de oposición estará formada por los ejercicios que se detallan en el anexo 2, los que se valorarán según los criterios que en el citado anexo se exponen.

1.5 Calendario.-Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario: El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará no antes del 20 de enero de 1995.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Requisitos generales.-Para ser admitidos a la realización de estas pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.

c) Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de funciones públicas.

e) Los aspirantes que concurran a estas plazas deberán prestar servicios en la Universidad de Huelva como funcionario en activo del cuerpo o escala inmediatamente inferior al que se aspire con dos años de antigüedad.

2.2 Fecha de cumplimiento de los requisitos.-Todos los requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Modelo de solicitud.-Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, que será facilitada gratuitamene en la Sección de Gestión del PAS de la Universidad de Huelva.

A la instancia se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad.

3.2 Recepción de solicitudes.-La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Huelva en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al excelentísimo señor Presidente de la Comisión Gestora.

3.3 Minusválidos. Adaptaciones.-Los aspirantes con discapacitación deberán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente, las posibles adaptaciones de tiempo y medio para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.4 Certificación.-Los aspirantes deberán presentar, unida a su solicitud, certificación expedida por la Sección de Gestión del PAS de la Universidad de Huelva.

3.5 Subsanación de errores.-Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Relación de admitidos y excluidos.-Expirado el palzo de presentación de instancias, el Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar de realización de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.

En dichos listados deberá constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del DNI.

4.2 Plazo de subsanación.-Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente de la publicación de la Resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

5. Tribunales

5.1 Composición.-El Tribunal calificador de estas pruebas estará formado por el Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva o persona en quien delegue, quien ostentará la Presidencia del mismo y por cuatro funcionarios designados por el Presidente de la Comisión Gestora. Los nombres y demás datos de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante Resolución del Presidente de la Comisión Gestora al mismo tiempo que se expongan las listas de admitidos y excluidos a que se refiere la base 4.1.

5.2 Abstención y recusación.-Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancais previstas en dichos artículos.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran alguna de dichas circunstancias.

5.3 Cambio en la composición.-Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustiruir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Constitución.-Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días, a partir de su designación, y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 Sesiones.-A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Actuación del Tribunal durante el proceso.-Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.

5.7 Asesores.-El Tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

5.8 Adaptaciones para minusválidos.-El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalía que los soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 Garantía de corrección de ejercicios.-El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.10 Información a los participantes.-A efecto de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Universidad de Huelva, calle Cantero Cuadrado, 6.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 Categoría.-El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría tercera de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 19).

5.12 Declaración de aprobados.-En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Acreditación de la identidad.-En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.2 Llamamiento único.-Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.3 Publicación de fechas de ejercicios.-La fecha, hora y lugar de celebración de los ejercicios se publicarán por el Tribunal mediante anuncio en el Rectorado y por cualquier otro medio si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación con veinticuatro horas al menos de antelación a la señalada para la iniciación del mismo.

6.4 Exclusión de participantes.-En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva, comunicándole asimismo las inexactidues o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

7. Relación de aprobados

7.1 Publicación.-Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en el Rectorado y en aquellos otros lugares que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad. Dicha relación contendrá la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios celebrados.

Dicha relación será sometida al Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva, para su conformidad.

8. Presentación de documentos y nombramiento

de funcionarios

8.1 Documentación a presentar.-En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquél en que se hicieron públicas las listas de aprobados, los opositores aprobados deberán presentar en la Sección de Gestión de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva, los siguientes documentos:

a) Fotocopia debidamente compulsadas del título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o certificación que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III de esta convocatoria.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes.

8.2 Exención de justificación.-Quienes tuvieran la condición de funcionario de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo constar certificación del Ministerio u organismo del que dependiere para acreditar tal condición, especificando cuáles son los documentos ya presentados. Asimismo, habrá de incluir dicho certificado expresión del número e importe de trienios acreditados y de la fecha de su cumplimiento.

8.3 Anulación de las actuaciones.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Oferta y petición de destinos.-La petición de destino por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse ante el Presidente de la Comisión Gestora, previa oferta de los mismos, teniéndose en cuenta a la hora de las adjudicaciones lo previsto en la base 1.3.

8.5 Nombramientos.-Por la autoridad convocante, a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Huelva, 20 de diciembre de 1994.-El Presidente de la Comisión Gestora, Francisco Ruiz Berraquero.

ANEXO I

Programa

Tema 1. La autonomía universitaria: Principios inspiradores y extensión en la Ley de Reforma Universitaria. Creación, régimen jurídico y estructura de las Universidades.

Tema 2. El régimen del profesorado universitario. Artículos 11 y 45 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto.

Tema 3. Los concursos para la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios.

Tema 4. El régimen retributivo del profesorado universitario.

Tema 5. Procedimiento para el ingreso en los centros universitarios. Reales Decretos 1005/1991, de 14 de junio, y 1060/1992, de 4 de septiembre.

Tema 6. La regulación de los estudios de tercer ciclo y Doctorado.

Tema 7. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Leyes orgánicas y Leyes ordinarias. Disposiciones del poder ejecutivo con fuerza de Ley.

Tema 8. El Reglamento. Concepto, naturaleza y sus clases. Límites de la potestad reglamentaria. Los principios generales del derecho. Los tratados internacionales.

Tema 9. Los actos administrativos. Concepto, elementos y clases. Requisitos y eficacia de los actos administrativos.

Tema 10. La invalidez de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad.

Tema 11. Los contratos administrativos. Concepto y clases. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento del contrato administrativo.

Tema 12. El procedimiento administrativo (1). Concepto y significación. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contenido y ámbito de aplicación. Los órganos administrativos. Organos colegiados. Abstención y recusación.

Tema 13. El procedimiento administrativo (2). Los interesados en el procedimiento: Concepto y representación. Derechos de los ciudadanos. Responsabilidad de la tramitación.

Tema 14. El procedimiento administrativo (3). Sus fases, iniciación. Ordenación instrucción. Finalización (modos) y ejecución.

Tema 15. El procedimiento administrativo (4). La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión de oficio. Los recursos administrativos: Clases. Recurso ordinario y de revisión.

Tema 16. La función pública en el Estado español: Principios constitucionales. La Ley 30/1984, de 2 de agosto: Organos superiores de la función pública. Registro de personal. Programación y oferta de empleo público.

Tema 17. El personal funcionario al servicio de las Administraciones Públicas. Selección. Provisión de puestos de trabajo. Promoción profesional. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas.

Tema 18. Derechos y deberes de los funcionarios. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 19. El personal laboral de las Universidades andaluzas. Normas de organización del trabajo. Clasificación provisional. Provisión de vacantes, contratación e ingreso.

Tema 20. El personal laboral de las Universidades andaluzas (2). Jornadas y horarios, excedencias y suspensión del contrato de trabajo. Estructura salarial.

Tema 21. La Administarción educativa andaluza. Competencias de la Junta de Andalucía en materia de enseñanza superior. La Ley 1/1992, de Coordinación del Sistema Universitario de Andalucía.

Tema 22. Ley 4/1993, de 1 de julio, de Creación de la Universidad de Huelva. Organos provisionales de gobierno. Centros y equipos que imparten.

Tema 23. Normas de matrícula e ingreso en la Universidad de Huelva. Convocatorias y permanencia. Número de convocatorias. Traslados de expedientes.

Tema 24. Convalidación de estudios españoles y extranjeros. Procedimiento de convalidación.

Tema 25. El presupuesto de la Universidad de Huelva. Normas de ejecución.

ANEXO II

Ejercicios y valoración

Fase de oposición

La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio:

a) El primer ejercicio consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de respuestas alternativas, siendo una sola de ellas la correcta sobre el programa de materias que figura en el anexo I de esta Resolución. El número de preguntas y el tiempo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal.

b) El segundo ejercicio constará de cuatro supuestos prácticos con preguntas de respuestas alternativas, ajustados al contenido del programa, de entre los que el aspirante deberá elegir dos. El tiempo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal.

Valoración de los ejercicios

El Tribunal valorará el primer ejercicio de cero a 10 puntos, siendo necesario para aprobar el mismo obtener una puntuación mínima de cinco puntos. Las respuestas erróneas no puntuarán de forma negativa.

El segundo ejercicio se calificará de cero a 10 puntos, siendo preciso para aprobarlo obtener como mínimo cinco puntos.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio y en el supuesto de que persistiera el mismo, atendiendo al criterio de preferencia de la mayor edad.

ANEXO III

Declaración jurada

Don/doña , con domicilio en , y DNI número ,

Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala , de la Universidad de Huelva, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En a de de 1995.

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