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Documento BOE-A-1995-10879

Resolución de 30 de enero de 1995, de la Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el inmueble correspondiente a la iglesia de Santa Quitaría, en Casas de Ves (Albacete).

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 6 de mayo de 1995, páginas 13267 a 13268 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-1995-10879

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por los servicios técnicos correspondientes, esta Dirección General de Cultura determina:

Primero.-Incoar expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el inmueble correspondiente a la iglesia de Santa Quiteria, en Casas de Ves (Albacete), cuya descripción y delimitación figura en el anexo adjunto.

Segundo.-Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Tercero.-Hacer saber al Ayuntamiento de Casas de Ves (Albacete) que, según lo dispuesto en el artículo 19, en relación con los artículos 11 y 16, de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, todas las obras que hayan de realizarse en el monumento objeto de esta incoación, cuya declaración se pretende, o en su entorno propio, no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por el órgano autonómico con competencia en materia de cultura (Comisión del Patrimonio Histórico respectiva, o, en su caso, esta propia Dirección General de Cultura).

Cuarto.-Notificar el presente acuerdo a los interesados y al Registro General de Bienes de Interés Cultural para su anotación preventiva.

Quinto.-Publicar el presente acuerdo en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» y en el «Boletín Oficial del Estado» a efectos de lo dispuesto en los artículos 59, apartados, 4 y 5, y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Toledo, 30 de enero de 1995.-El Director general, José Domingo Delgado Bedmar.

ANEXO

Descripción histórico-artística: La iglesia de Santa Quiteria fue construida en el siglo XVI. Sus características fundamentales responden a una arquitectura romana sencilla: Muros gruesos de mampostería, piedra troceada y refuerzos en esquina de piedra entera, consolidadas exteriormente por bandas o lasenas; el techo o cubierta es de madera. Los muros están rematados por cornisa de piedra, bóveda de cañón y cubierta a dos aguas.

La torre, de excelentes proporciones, está adosada al lateral occidental del edificio. De planta cuadrada; en ella se aprecian tres cuerpos, el primer cuerpo o base tiene un zócalo de piedra de sillería y está delimitada por cornisa también de piedra, dando paso a un segundo cuerpo que, al igual que el primero, está construido con piedra de sillería y cornisa, dando paso a un tercer cuerpo que culmina en un campanario; éste está construido con piedra de sillería labrada y coronada por una cornisa en la que se alternan pirulos esféricos y piramidales y gárgolas de piedra.

En 1748 se construyó el actual crucero con forma de cruz latina. Consta de una gran nave, coronada por un cimborrio ochavado, cúpula peraltada y un amplio presbiterio.

La entrada a la iglesia, en la fachada sureste, situada entre dos contrafuertes que consolidan los muros de la nave, tiene una especie de atrio formado por un arco de poca calidad con bóveda baída que cumpla su función. Al fondo, sobre la fachada del mismo, tiene un frontón de piedra en relieve, entrecortado y coronado con hornacina de cúpula «horno».

En la nave principal, a lo largo de la fachada sur, se forman dos capillas, una de ellas absorbida por una construcción adosada al templo, la segunda capilla con bóveda y arco de medio punto en piedra formado por dovelas. De iguales características existen otras dos capillas adosadas a la fachada de orientación nordeste.

Objeto de la declaración: Inmueble correspondiente a la iglesia de Santa Quiteria, en Casas de Ves (Albacete).

Area de protección: Viene definida por:

Manzana 38720, parcelas 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26 completas.

Manzana 38718, parcelas 03, 04, 05, 06, 07, 08 y 09 completas.

Manzana 38716 completa.

Manzana 39718 completa.

Manzana 39720, parcelas 20, 21, 22, 23 y 24 completas.

El área de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de las citadas manzanas y parcelas y las une entre sí.

El área de protección descrita se justifica en razón de posibilitar la correcta percepción del bien objeto del expediente, en tanto que elemento integrado en el territorio en que se asienta, previniendo su posible degradación estética.

Todo ello según plano adjunto.

(PLANO OMITIDO)

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