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Documento BOE-A-1995-10827

Resolución de 31 de marzo de 1995, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 2.720/1988, promovido por «La Voz de Galicia, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 5 de mayo de 1995, páginas 13174 a 13174 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1995-10827

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 2.720/1988, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «La Voz de Galicia, Sociedad Anónima», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de enero de 1987 y 25 de abril de 1988, se ha dictado, con fecha 22 de enero de 1991 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto en nombre de "La Voz de Galicia, Sociedad Anónima", contra las resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de fechas 20 de enero, que concede la inscripción de la marca número 1.114.633 (8), clase 16, a favor de la entidad "La Región, Sociedad Anónima", y la de 25 de abril de 1988; debemos declarar y declaramos no haber lugar a dejar sin efecto las resoluciones recurridas por ser conformes a derecho por lo que no hay lugar a dejar sin efecto la inscripción concedida, sin hacer imposición de costas.»

En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. S.

Madrid, 31 de marzo de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.

Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

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